
| Políticas Generales de Compras |
|
- Se buscará preferiblemente proveedores y/o contratistas afiliados a la CCB. - Se exigirá a los proveedores certificado de la Cámara de Comercio de la ciudad donde esté radicada la empresa. En este certificado debe constar que su matrícula mercantil se encuentra al día. - La Entidad efectuará sus compras en condiciones de pago y precios justos acordes con las leyes de oferta y demanda imperantes en el mercado. - Las compras se realizan a proveedores que aseguren el mantenimiento, soporte y garantías del producto. - Se buscará que la adquisición de los bienes, insumos, suministros y servicios sea oportuna, evitando riesgos por escasez o sobrecostos de inventario. - Regulación de los conflictos de interés entre la respectiva entidad y funcionarios o terceros, así como de la obligación de manifestar oportunamente tales conflictos en todos los eventos que se presenten. La trasparencia en la adquisición de bienes o servicios estará garantizada con el cumplimiento de lo dispuesto en la Declaración de Principios Éticos de la Cámara de Comercio de Barranquilla. - Regulación respecto de la prevención y prohibición del uso indebido de información conocida en razón de la labor o de las funciones, que pueda ser utilizada en provecho de funcionarios, agentes o terceros. - Se dará preferencia a aquellos proveedores que son fabricantes o representantes directos de los mismos productos y mantener la uniformidad en líneas y marcas. - En caso de realizar compras con proveedores exclusivos, éstas deberán ser revisadas periódicamente con el fin de evitar que la empresa quede desprotegida ante eventuales problemas de los mismos. - Se solicitarán cotizaciones locales y nacionales con el fin de efectuar la mejor decisión para la empresa, procurando la participación del mayor número de oferentes idóneos para garantizar una efectiva exposición al mercado. - Todas las empresas cumplirán invariablemente los procesos de cotización, autorización y adjudicación. - Se exigirán el tramite de pólizas a los proveedores cuyas adquisiciones y/o contrataciones superen los 10 o 15 salarios mínimos, según lo establecido en el procedimiento de la entidad. Dependiendo de la naturaleza de la labor contratada, se podrá excluir de esta obligación a un proveedor. |
| ______________________________ Inicio | Noticias de la Cámara | Mapa del Sitio | Acceso ______________________________ |

Derechos reservados Cámara de Comercio de Barranquilla - Vía 40 No. 36-135 - PBX: 3303701 |


