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Muy buenos días tengan todos ustedes yo
soy marcela mendoza coordinadora de
logística de eventos externos de la
cámara de comercio de barranquilla el
nombre de la cámara de comercio de
barranquilla y probarranquilla queremos
darles una cordial bienvenida a este
espacio que buscado especialmente para
ustedes nuestra conferencia de hoy
nuevos cambios ha de salir la
supersociedades y nuevas empresas
obligadas pero antes de iniciar nuestra
agenda del día de hoy queremos invitar a
todos nuestros empresarios a realizar la
innovación es un matrícula mercantil
antes del 31 de más actualización de su
negocio les permitirá acceder a todos
los recursos e instrumentos
desarrollados para el fortalecimiento y
desarrollo de nuestro tejido empresarial
a través de nuestra página web www un
punto cámara baja punto o hereje punto
cero pueden seguir haciendo todos sus
trámites registrales nuestros puntos
empresarios buenavista centro soledad
cuenta de organizar alargan también se
encuentran listos para atenderlos en el
horario de lunes a viernes de 9 a 4 de
la tarde con nada continua y los sábados
20 y 27 de marzo también estaremos
aprendiendo en el horario de 9
a dulce
queremos presentarlo en los descuentos
especiales que aplican las tarifas de
renovación 2021 para nuestras pymes
tenemos el 5% de descuento en la
renovación de matrícula mercantil y
entidades sin ánimo de lucro también
tendremos el 5% de descuento para la
expedición de sus certificados
estos son los beneficios que deben
también tienen traer para el crecimiento
de tu negocio en los programas de
crecimiento de capacitaciones para todos
los colaboradores de tu empresa así como
este espacio que estamos llevando en
este momento acompañamiento para
fortalecer el plan de tu empresa
y crédito social y los financieros con
nuestra entidad aliada la fundación
santo domingo está renovado el 2020
también nos permite ingresar a nuestras
plataformas como son hagamos negocios y
consiguieron ya
nuestra asistente canarias ha cambiado
su número en este momento estamos
compartiendo el nuevo número para que
sean agregados a sus contactos de
whatsapp a través de gavi buenas de
compra de certificados de una forma muy
fácil y muy rápida
a continuación queremos invitarlos a
capecchi participe en ganarse un
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renovación de tu matrícula mercantil
estaremos subsidiando todos estos
premios es muy fácil hacerlo renovando
tu matrícula mercantil antes del 19 más
haz un vídeo muy pequeño muy cortos
donde nos pueden ver porque creas porque
crees en tu negocio no vas a publicar en
tu instagram con el numeral renovar
violar mencionas a cámara baja para que
puedas participar hasta el 19 de más si
ya realizas de la renovación puedes
inscribirte en nuestra página www punto
cámara bar punto o hereje punto cero
renovar en gana los 11 vídeos que tengan
mayor número de me gusta ya cumplan con
todas nuestras condiciones serán los
mejores los primeros ganadores
a continuación queremos presentarle que
son sociedades que son aquellas empresas
colombianas configuradas como social de
naturaleza comercial que voluntariamente
se proponen combinar las ventajas de su
actividad comercial y económica con
acciones concretas para propender por el
bienestar de sus trabajadores aportar el
guía social del país y contribuir con la
protección del medio ambiente
una sociedad que decide convertirse en
creador de define es un modelo de
negocio con un propósito real valor
económico social y ambiental si usted
necesita más información cómo adquirir
su condición el presente puede contactar
a más de caloría martín leyes en la
cámara de comercio los recibe
queremos agradecer este espacio a
nuestras entidades aliadas aprobarán
killa a ponce herrera ruiz por este
espacio tenemos hoy en vista de contar
con estas conferencias estás el señor
oscar tú estás ahora quien es socio de
ponce herrera ruiz christian lozano
asociado a conocer a ruiz y luis miguel
luis asociado a considerar esta miento
como el comentado que vamos a estar
trabajando sobre nuevos cambios de sar y
la supersociedades y nuevas empresas
combinadas esta capacitación está siendo
grabada en próximos días estaremos
compartiendo en nuestra página web si
ustedes tienen preguntas inquietudes o
comentarios que quieran compartir con
nuestros panelistas del día de hoy por
favor escriba las en el buzón de
preguntas y respuestas que al finalizar
está preguntando el espacio para dar
respuesta a todos nuevamente y
bienvenidos a todos los participantes a
todos los empresarios que nos acompañan
en este horario y a continuación quiero
dejarlos entonces con el señor oscar
bienvenidos para adelante muchas gracias
por estar con nosotros en esta mañana
gracias a ti marcela por la invitación y
por la presentación y buenos días y
muchas gracias a todos los participantes
por aceptar esta invitación a compartir
con nosotros este espacio en relación
con los cambios que ha introducido la
superintendencia de sociedades al
régimen sar la ftc mi nombre es oscar tú
estás ahora ya soy socio del área de
derecho corporativo y cumplimiento de
poseer a ruiz para mí es un gusto
participar en este evento junto con mis
colegas y luís miguel rus y abogado
penalista que hace parte de nuestro
equipo de derecho penal corporativo y de
cumplimiento y christian lozano abogado
que hace parte de nuestro equipo de
cumplimiento y con mucha experiencia en
estos temas
como ustedes se han podido dar cuenta
una modificación al régimen de sistemas
de prevención de lava vertidos y
administración del riesgo de lavado de
activos
es un tema que ha suscitado innumerables
preguntas
hay nuevas hay cambios que se introducen
en el régimen actual hay nuevas normas
no definiciones nuevos conceptos
y hay distintas interpretaciones y hay
algunas disposiciones que generan dudas
y generan muchas preguntas y es un tema
en el que nosotros hemos venido
trabajando y hemos venido revisando de
la mano con nuestros clientes y
queríamos compartir con ustedes cuáles
son nuestras experiencias y nuestros
comentarios en relación con la nueva
norma y más teniendo en cuenta que la
superintendencia de sociedades ha estado
particularmente activa en la revisión y
en la en el control y en la
fiscalización de la implementación de
estos sistemas y estos procedimientos y
creemos que va a seguir con una actitud
bastante activa y con mucho seguimiento
a las sociedades obligadas de manera que
sin más preámbulos
comencemos les voy a hacer una pequeña
introducción de cuáles son los
antecedentes de la norma cuáles son los
principales cambios sugeridos y luego
mis colegas entrarán a explicar los
cambios en más detalle
cuáles son los antecedentes en relación
con la expedición de estas normas
aguilar hasta en el año 2014
se expidió la primera regulación del
sector real por parte de las
intendencias sociedades en donde se
impuso la obligación a la sociedad
vigiladas de implementar un sistema de
prevención y control del riesgo lavado
de activos
esa primera regulación estableció unos
umbrales de aplicación bastante altos en
su momento eran 160.000 salas en las
sociedades quedaban obligadas si
cumplían con tener ingresos brutos
superiores a 160 mil salarios mínimos
con corte a los estados en los últimos
estados financieros
y esa no es en un par al principal
digamos que hace que se mantuvo y
modificado hasta diciembre del año
pasado en en el año 2016 se introdujo
una modificación a la básica jurídica de
la supersociedades en la cual se
redujeron los umbrales para ciertos
sectores específicos que se consideraron
críticos
básicamente el sector inmobiliario
sector minero servicios legales
servicios contables comercio de
vehículos y construcción de edificios
ahora en diciembre a finales de
diciembre del año pasado la
superintendencia expidió la nueva
circular y modificaciones al capítulo de
respectivo de la circular básica
jurídica y en esta modificación se
incluyen tres cambios principales una
ampliación del ámbito de aplicación de
régimen general es decir son más
sociedades las que van a quedar
obligadas una modificación
al régimen general y por régimen general
que nos referimos al régimen que venía
vigente desde el año 2014 es decir a los
sistemas a los procedimientos de las
obligaciones vigentes para las compañías
obligadas
y la creación de un régimen de medidas
mínimas aplicables a ciertas compañías
que se denominan o que cumplen con
actividades que se llaman actividades
profesionales no financieras designadas
y es aplicable este régimen de medidas
mínimas a sociedades que tengan un nivel
de ingresos que es mucho menor al umbral
al umbral que les están contando
básicamente se aplica a sociedades que
tengan ingresos de tres mil salarios
mínimos o activos de cinco mil salarios
mínimos el ejercicio contable a 31 de
diciembre del año anterior como se puede
ver la superintendencia ha tomado un
papel de liderazgo y lo que busca es
ampliar el campo de aplicación y hacer
cada vez que más sociedades queden
obligadas por éstas por estas nuevas
normas
como les contaba la nueva norma la nueva
norma mantiene un régimen general y crea
un régimen de medidas mínimas
están sujetos al régimen general las
compañías que estén vigiladas por la
superintendencia de sociedades y que
tengan al 31 de diciembre el año 2020
ingresos totales o activos superiores a
40 mil salarios mínimos legales
mensuales
en esto hay varios cambios en relación
con la norma que estaba en vigencia no
sólo se reduce al umbral de ingresos que
antecede a 160 mil salarios sino que
también se incluyen las compañías que
tengan activos que superen el umbral de
40 mil salarios mínimos al último
ejercicio lo que tiene el efecto de
hombre del marco de aplicación de la
norma en segundo lugar se reduce el
umbral para ciertos sectores especiales
esos sectores que anteriormente tenían
un umbral de 40 mil salarios vivimos
ahora en el umbral para la aplicación de
la norma se reducían 30.000 esos
sectores son las compañías que se
dedican o que son agentes inmobiliarios
que se dedican a la comercialización de
metales preciosos que prestan servicios
jurídicos contables o que hacen
actividades de construcción de edificios
advirtiendo que en este caso se habla de
ingresos de 30 mil salarios y 9 activos
pero además de eso se designan ciertas
actividades en función de su riesgo
inherente
que son compañías sujetas a un régimen
especial en la circular básica
purificador por intendencia y que están
sin importar su nivel de ingresos
activos están sujetas a estas normas son
las compañías multinivel las sociedades
administradoras de autofinanciamiento
comercial los operadores de libranza los
fondos ganaderos las sociedades que
realicen actividades de facto y además
de además de este régimen general como
les contaba se crear un régimen de
medidas mínimas a las compañías este
régimen de medidas mínimas aplica a las
sociedades que se dediquen a ciertas
actividades especiales agentes
inmobiliarios como es la
comercialización de metales preciosos
servicios jurídicos sus servicios
contables que tengan mínimo tres mil
salarios mínimos en ingresos por cinco
mil salarios mínimos en activo
con corte al año anterior y el siguiente
por favor en este slide podemos ver un
resumen de cuáles son las
los criterios
para que las compañías queden incluidas
dentro del régimen general de la
circular aquí podemos esta es una
herramienta muy útil porque nos permite
determinar los sectores hay que estar
sujetos a estas normas si la sociedad
está sujeta a inspección y vigilancia
cuál es el control el nivel de
de supervisión que se ejerce por la
superintendencia de sociedades el monto
de ingresos o activos totales
el monto de esos ingresos reactivos en
pesos y los requisitos adicionales para
la aplicabilidad de la norma este es un
resumen de lo que hemos venido diciendo
y eso responde lo que está en la
circular y en esta y en este slide
hacemos un resumen de cuáles son las
compañías que están sujetas al régimen
de medidas mínimas no quiero profundizar
en estos
detalles tan específicos que ya los
compartimos de forma muy general
a su momento y preferiría más bien que
entráramos pues de lleno a una
explicación de pues básicamente algunas
compañías todavía no saben que desde
usarlas y por qué están obligadas y
luego vamos a explicar en detalle cuáles
son los temas más importantes de la
nueva regulación de manera que con esto
le doy la palabra a mis colegas para que
para que tomen cristian
gracias a óscar bueno habiendo entendido
de dónde viene la obligación y cuáles
son estas compañías obligadas lo primero
que debemos nosotros es que hay un nuevo
campo inmenso de compañías que
31 de diciembre de 2020 no tenían la
obligación de tener usarla y por lo
tanto pues tampoco sabían
cuál era el contenido del sar lab o
cuáles eran las obligaciones
relacionadas pero usarlas por eso antes
de pasar a ver los principales cambios
queremos nosotros contextualizar un poco
a estas compañías que no que no que no
tienen este conocimiento y darles unos
unos pincelazos sobre qué es el sar lab
y cuál es su dimensionamiento al
interior de las compañías
qué es el sar lab el celular es un
sistema de administración de riesgos es
un sistema de administración de riesgos
que se debe implementar al interior de
las compañías por obligación legal así
como las compañías tienen sistemas de
administración de riesgos operativos
sistemas de administración de riesgos
financieros sistemas de seguridad y
salud en el trabajo esto es un nuevo
sistema un nuevo procedimiento una nueva
área al interior de la compañía que se
refiere al auto control y gestión de
riesgos legales cuáles son los riesgos
legales que se están previniendo y
controlando con este sistema tres
riesgos principales el lavado de activos
como delito la financiación del
terrorismo como delito y el
financiamiento para la proliferación de
armas de destrucción masiva
estos tres delitos claramente suenan
riesgos bastante lejanos de compañías
que son completamente legales compañías
comerciales compañías que se dedican a
hacer negocios dentro del centro de la
legalidad en el ámbito colombiano pero
ninguna compañía en colombia está en
está exenta de verse envuelta en medio
de un lavado de archivos lo que el
sistema busca no es que la compañía no
la vea activos sino busca prevenir y
controlar que terceros clientes
proveedores accionistas que quieran
comprar o capitalizar las compañías y
administradores la usen usen la compañía
y el negocio que nosotros estamos
llevando como un vehículo para el lavado
de activos ese es el fin que busca
proteger
en el sar lab de la compañía no es que
toda compañía que tenga un celular crean
que está lavando activos por el
contrario lo que se busca es proteger a
las compañías que son completamente
legales de terceros que son ajenos a la
legalidad y que buscan mezclar sus
recursos ilícitos con mis recursos
lícitos para darle apariencia de
legalidad
sus recursos es un sistema y cómo
hacemos esto como como buscamos prevenir
y controlar
cómo se materializa esto al interior de
las compañías pues precisamente no
materializamos a través de la
implementación de medidas controles
procedimientos al interior de la
compañía en cuanto a su vinculación con
clientes con contrapartes con
proveedores en el manejo del dinero en
efectivo en la revisión de las
operaciones que realizamos y en fin hay
un listado de obligaciones y requisitos
mínimos que establece la circular que
debemos implementar para prevenir y
controlar el lavado de activos son
procedimientos estándar que han sido
demostrados a nivel nacional e
internacional como mecanismos idóneos
para la prevención de este tipo de
delitos al interior de las compañías
hay un punto importante dentro del sar
lab y es que su fin no es eliminar los
riesgos de lavado de activos como les
mencioné inicialmente el lavado de
activos y la financiación del terrorismo
y este y los riesgos que éstos generan
son inherentes a la actividad comercial
ya que cualquier yo puedo estar teniendo
contacto con cualquier tercero que si
realiza actividades ilícitas y por lo
tanto verme contagiado o envuelto en
procesos sobre actividades de lavado de
activos
ese riesgo inherente no se elimina con
la implementación de un share lab lo que
se busca es mitigar esos riesgos y
reducirlo hasta unos niveles tolerables
para la compañía por lo tanto es una
herramienta que se usa en el estado
colombiano para luchar contra la
delincuencia es una obligación de medio
yo tengo que implementar las medidas
diligentes para realizar para realizar y
proteger a mi compañía
no es una obligación de resultado yo no
estoy exento de que incluso habiendo
implementado los sistemas
vaya a haber un acto de lavado de
activos a través de algún cliente o
proveedor que realice un esquema
completamente extraño a los sistemas y
por lo tanto se logró generar el abajo
como se implementa un sistema de
administración de riesgos y dicho esto
yo creo que podemos pasar al los a los
principales cambios del sar lab en
comparación con la norma anterior para
como estamos diciendo que el sistema que
que el ser lab es un sistema de
administración de riesgos y no es una
simple política un simple documento de
declaraciones al interior de la compañía
el sistema de administración de riesgos
tiene responsables tiene fases tiene un
contenido mínimo tiene autoridades que
van a estar encargadas de la supervisión
de la revisión de los de la debida
implementación tiene autoridades a las
cuales yo les tengo que estar reportando
información exacta y necesita de una
serie de tecnología y de recursos
humanos directivos que la
y apoyen ya que es un sistema es todo un
complemento de procedimientos al
interior de la compañía quienes son los
principales responsables al interior de
la compañía este es un sistema que
requiere de la participación absoluta de
los máximos órganos sociales y los
órganos directivos de las compañías por
eso se refieren siempre a que
necesitamos del apoyo de accionistas o
socios de los administradores de las
compañías miembros de junta directiva
representantes legales quienes como
veremos más adelante tienen funciones
específicas dentro del sar lab
de una persona completamente relevante
dentro del sistema que es el oficial de
cumplimiento el oficial de cumplimiento
es la persona al interior de la compañía
encargada
de realizar el seguimiento la
supervisión y la debida implementación
de todos los mecanismos procedimientos
al interior de la compañía está el líder
del sistema
cuáles son las fases para poder
implementar un sistema de administración
de riesgos como todo sistema de
administración de riesgos requiere de
cuatro fases específicas la
identificación de los riesgos la
medición de los mismos respecto de su
probabilidad de impacto la mitigación de
los mismos de estos riesgos
identificados a través de la
implementación de políticas y controles
al interior de la compañía qué son los
requisitos mínimos que establece la
circular y un monitoreo constante que
significa la revisión y auditoría sobre
los sistemas y sobre los procedimientos
para identificar fallas o ineficiencias
dentro del sistema que deban
actualizarse y volver a implementarse
para mejorar el sistema continuamente
este es un sistema vivo las fases se
mantienen realizándose continuamente por
lo que el sistema siempre va a estar en
constante cambio se le van a estar
realizando ajustes van a estar en
revisiones de tal manera que la compañía
requiere estar
requiere de poner los esfuerzos
necesarios en el sistema para continuar
con su mejora día a día
cuál es ese contenido mínimo aunque hay
una serie de requisitos mínimos al
interior de la circular nosotros
llamamos la atención sobre el contenido
formal o material que puede haber dentro
de la dentro del sistema deben haber
informes de diagnóstico sobre los
riesgos deben haber necesariamente
matrices de riesgo al interior de la
compañía que generan
por ejemplo y nos y nos nos concluyen y
nos dejan ver específicamente la
identificación y mitiga y medición de
los riesgos y como cada control le
aplica los riesgos y cómo pasó de unos
riesgos altos son los riesgos bajos por
la implementación de los controles tiene
una serie de políticas específicas hay
que realizar informes de auditorías hay
que realizar reportes internos al
interior de la compañía por ejemplo los
del oficial de cumplimiento a la junta
directiva hay reportes externos por
ejemplo los que se realizan a la
superintendencia de sociedades o a la
uia que ya lo veremos
hay que realizar capacitaciones anuales
a los empleados hay canales de reporte y
denuncia al interior de la compañía
todos esto este es el contenido mínimo
que requiere el sistema
y que autoridades están relacionadas con
el ser loft lo primero la primera
autoridad es la superintendencia de
sociedades la superintendencia de
sociedades es la com es la entidad que
nos está obligando a implementar estos
sistemas por lo tanto a ello hay que
entregarles los informes 50 anuales
sobre la prevención del lavado de
activos así como reportamos información
financiera la superintendencia de
sociedades y entregamos el informe de
prácticas empresariales también vamos a
tener la obligación de entregar el
informe 50 que es una encuesta sobre los
requisitos mismos la uiaf
la uiaf es la unidad de información y
análisis financiero que es una entidad
adscrita al ministerio de hacienda y
crédito público que se encarga de
recopilar todos los reportes de
operaciones sospechosas que puedan estar
le indicando las distintas empresas
obligadas a tener usarlas
a identificar cuáles son aquellas más
probables o con mayor información para
poder ser las enviar a la fiscalía
general de la nación y que ella pueda
realizar la investigación oficial y de
ser el caso e imputar cargos y generar
las sanciones específicas
y la fiscalía general de la nación
frente a la fiscalía general de la
nación si bien el zar la ftc no nos
obliga a nosotros a realizar denuncias
por asuntos de lavado de activos
si es claro que en algunos casos por
ejemplo cuando hay evidencia de que mis
contrapartes están en ciertas listas
restrictivas vinculantes para la
compañía
como por ejemplo en las listas de la onu
y principalmente las listas de la onu es
necesario informar directamente a la
fiscalía general de la nación para que
ella haga lo propio y pueda desarrollar
sus funciones todo este sistema se basa
en cuatro elementos específicos en el
apoyo de los directivos si no hay apoyo
de los directivos si no hay uno si no se
le da la importancia necesaria al
sistema administración de riesgos de
lavado de activos el sistema se va a
quedar en el cajón o en un papel que
nadie cumple se requiere del continuo
apoyo de los administradores y de los
miembros de junta directiva para poder
implementar esto con éxito
lo segundo es
que el sistema requiere de recursos
humanos y recursos económicos para
poderlos realizar y recursos humanos
capacitados no podemos colocar a
oficiales de cumplimiento simplemente
por cumplir con la norma sino que se
requiere el oficial de cumplimiento que
el oficial de cumplimiento esté
capacitado que conozca de los sistemas
de administración de riesgos que conozca
de las políticas y procedimientos que se
van a realizar que tenga un contacto
directo con los administradores para que
el sistema vaya a funcionar y el oficial
de cumplimiento y el sistema requieren
de la inversión de ciertos recursos
económicos y recursos en tecnología que
es el tercero de los elementos para
poder ser implementar uno de uno de los
ejemplos básicos de inversión la
tecnología es la contratación de bases
de datos para la búsqueda
en listas restrictivas el hecho de tener
la obligación de tener un celular tiene
como punto base que yo a mis
contrapartes las tengo que pasar por
listas restrictivas para identificar si
ellos han sido sancionados investigados
o están siendo buscados en otros países
con el fin de determinar mi nivel de
riesgo
y eso
si bien esas bases de datos son públicas
existen bases de datos y motores de
búsqueda que consolidan estas estas
búsquedas y logran hacerlo más eficiente
y lo cuarto es lo que les he venido
comentando sobre el enfoque de riesgo y
no tener un enfoque de cumplimiento
legal cuando las compañías tienen un
enfoque de cumplimiento legal cuando no
cuando llegan y dicen que vamos a
implementar el sar lab por el
cumplimiento de la norma porque estamos
obligados a y si no no lo
implementaremos va necesariamente el
sistema va a quedarse cojeando a tener
puntos en los que va a estar fallando y
van a haber momentos en los que el
sistema va a chocar con los propios
procedimientos de la compañía mientras
que si la compañía asume un enfoque de
riesgo y determina que el sistema de
administración de riesgos es un es un
sistema que genera beneficios a los
procedimientos de la compañía ya los
negocios de la compañía porque me está
previniendo y controlando los riesgos
que puedo tener en mi negocio
el enfoque va a ser mucho mejor y el
sistema va a tener el puesto que se
merece al interior de la compañía
esto a grandes rasgos es lo que es un
sistema de administración de riesgos y
ahora si queremos nosotros pasar a
mostrarles cuáles son los principales
cambios relevantes de la norma como les
comentaba oscar
hasta el 24 de diciembre del 2020
en las compañías obligadas eran
compañías de mayor tamaño de 160 mil
salarios mínimos en activos ingresos y
ahora nos reducimos casi que a las casi
que a todo el universo de compañías que
están vigiladas por la superintendencia
de sociedades
y esto nos llevó a una serie de cambios
integrales al sistema y nos generan
distintos cambios al interior de la
norma y nosotros aquí lo que vamos a
hacer es identificar los los principales
cambios sin perjuicio de que la norma
pueda contener uno que otro cambio
adicional que no estamos resaltando aquí
por temas de tiempo vamos a empleo a
desarrollar únicamente los cambios más
relevantes
el primer cambio que salta a nuestra
vista y que tal vez es uno de los más
importantes es que hasta el 2020 el
sistema de instrucción de riesgos
prevenía únicamente el lavado de activos
y la financiación del terrorismo a
partir del año 2021 se adiciona un nuevo
riesgo que es el financiamiento para
para la proliferación de armas de
destrucción masiva esto sí que suena
mucho más lejano que el lavado de
activos y la financiación del terrorismo
pero qué es lo que significa el
financiamiento para la proliferación de
armas de destrucción masiva esto es una
lucha internacional que se tiene
principalmente viene de la 1 y de la
ocde y de otras organizaciones
internacionales que buscan
que todos los países luchemos por el des
escalamiento de la guerra y en la guerra
armamentística nuclear lo que se quiere
es desde escalar el crecimiento nuclear
en los distintos países y para eso se
han implementado distintos tratados
internacionales hay dos países que se
consideran como países no cooperantes a
nivel nacional a nivel nacional
internacional frente a la proliferación
de armas de destrucción masiva los dos
principales países son irán y corea del
norte sin embargo hay otros países que
también están llamados a el des
escalamiento sin que sean los países que
se consideran jurisdicciones por
cooperantes que son por ejemplo cambodia
y cambodia principalmente pero pero hay
una lista bastante amplia de países que
están llamados a tomar acción en cuanto
al des escalamiento nuclear
esto a qué nos lleva esto qué significa
este nuevo riesgo al interior de los
sistemas que ya venían siendo
implementados lo primero son cambios a
las matrices de riesgo porque ahora
tenemos que implementar e identificar
nuevos riesgos en nuestra matriz de
riesgos sobre armas de destrucción
masiva lo segundo es que necesariamente
esto implica cambios generales a la
reacción del sar la ftc porque no
podemos hablar únicamente el lavado de
activos y financiación del terrorismo
sino que ahora también tenemos que
hablar de armas de destrucción masiva y
lo tercero es un cambio en los
procedimientos de debida diligencia
porque antes nosotros teníamos
que tener cuidado con ciertas zonas
geográficas o ciertos países que se
consideraban como riesgo alto respecto
del lavado de activos con respecto a la
financiación del terrorismo por ejemplo
antes teníamos que tener cuidado con los
paraísos fiscales ahora también tenemos
que tener cuidado con otras
jurisdicciones que son lo que les venía
comentando jurisdicciones no cooperantes
como por ejemplo irán y corea del norte
lo anterior sin perjuicio de aclarar que
ninguna jurisdicción está prohibida en
colombia es decir ningún colombiano
tiene la prohibición legal de contratar
con personas que estén en una
jurisdicción específica eso en colombia
no existe
este tema de la de las armas de
destrucción masiva es un tema que viene
ya desde distintos sectores que vienen
tomando forma los sectores de transporte
de carga terrestre ya lo tienen y los
las compañías que también están
obligadas bajo el sector de comercio
exterior porque son usuarios aduaneros
permanentes operadores económicos
autorizados o son usuarios de zona
franca ya habana ya tienen conocimiento
de lo que era el financiamiento de la
proliferación de armas de destrucción
masiva por lo que no les va a impactar
en mayor medio
cuál es el segundo gran cambio en el
sistema es la tecnificación del sistema
el alzar la ftc en el 2014 y inició con
un primer esfuerzo de implementar
medidas y controles al interior de la
compañía en el 2016 esos esos requisitos
mejoraron por decirlo así se pusieron
más más más difíciles de cumplir porque
se requería una mayor tecnificación pero
lo que sucedió el 24 diciembre 2020 es
hasta ahora el mayor esfuerzo por
tecnificación del sistema en el sector
real ahora el sistema habla
obligatoriamente de tener matrices de
riesgo de segmentar completamente los
riesgos y de tener herramientas
tecnológicas para el cumplimiento del
sistema esto nos genera a nosotros la
necesaria obligación
de comenzar no solamente a tener
políticas ya ya a redactar una serie de
declaraciones al interior de la compañía
sino que es necesario tener casi que un
word a las personas de gestión de
riesgos de mi compañía a las personas de
auditoría interna al equipo legal para
que el sistema pueda cumplir con todo lo
que requiere a partir de ahora
y estos son pues cambios que se van
dando y seguramente es el futuro
continuarán tecnificándose más
como lo ha hecho la presencia financiera
en su sector financiero sobre su sobre
su propio ser lado
que otros cambios han habido hay otro
cambio importante en la sección de
definiciones dentro del sistema azar la
ftc
queremos si bien si bien hay varios
queremos nosotros llamar la atención
sobre dos principales cambios
el concepto de beneficiario final y el
concepto de pepe
estos son dos conceptos que para las
compañías que estaban previamente
obligadas ya los conocían pero que les
genera cambios en sus definiciones pero
para los que son nuevos estos son
conceptos que son importantes respecto
del conocimiento de su contraparte uno
de los principales requisitos del sar
lab es cumplir con un procedimiento de
debida diligencia frente a mis
contrapartes y es donde yo tengo que
obtener información sobre mis clientes o
mis proveedores para determinar mi nivel
de riesgo frente a ellos qué sucede
antes del 2020 no era del todo claro y
de hecho habíamos quienes defendíamos
que el concepto de beneficiario final no
le aplicaba en la en las debidas
diligencias a las contrapartes esto es
que no era necesario llegar hasta los
accionistas o personas naturales
beneficiarios finales de mis clientes o
proveedores para cumplir con el
procedimiento de la diligencia y yo lo
tenía que realizar únicamente frente a
mí frente a mi cliente específico sin
necesidad de subir a sus accionistas
y a sus administrados con la nueva norma
es completamente claro que yo debo tomar
medidas razonables para identificar a mi
cliente y a mi proveedor a su
composición accionaria e incluso a su
beneficiario final que esto es la
persona natural que está detrás de todas
estas compañías detrás esto implica un
gran esfuerzo dentro del sector real en
cambios a formatos en retos a las
solicitudes que yo tengo frente a mis
clientes y proveedores porque no es
usual
que en el sector real nosotros para
hacer negocios estemos pidiendo la
información de composición accionaria o
beneficiarios finales entendemos que
esto es un reto para las compañías pero
creemos que con el tiempo va a ser algo
que se va a normalizar así como ya se
normalizó y ahora es un estándar de
negocio en el sector financiero cuando
uno va a abrir una cuenta bancaria
siempre le van a pedir toda esta
información y casi que nadie se abstiene
de entregarla eso es un poco lo que se
busca ahora en el sector gas el segundo
de los conceptos importantes que cambian
es el concepto de pepe pepe es
significaba personas expuestas
políticamente que eran básicamente las
definidas en el decreto 1674 que era un
listado taxativo de funcionarios
públicos que se consideraban peps y que
se que seguían considerando peps después
de los dos años de dejar su cargo que
sucede ahora la nueva norma no se
establece que también son pp no
solamente desde el decreto 1674 sino
también los
o funcionarios públicos
extranjeras es decir funcionarios
públicos en el extranjero también van a
ser peps para los colombianos
pepe también van a ser los de organismos
internacionales como la onu la un
que es importante frente a esto como
saben los que tienen los que ya tienen
la obligación pues hay que identificar
quienes son pepe porque frente a ellos
hay que hacer debidas diligencias
avanzadas lo que hay que confirmar ahora
es que nuestros motores de búsqueda que
nos saltan las alertas de pep nos
informen también los pips extranjeros y
los pips de órganos organismos
internacionales de tal manera que no se
nos vayan a escapar los de otras
jurisdicciones
pasando a otro de los cambios relevantes
tenemos las nuevas responsabilidades al
interior del zar la ftc como les
comentaba hay distintos responsables
dentro del dentro del sistema pero
tenemos
dentro de la nueva norma un listado de
funciones para cada uno de estos
y órganos al interior de la compañía si
bien la junta directiva ya tenía
funciones se le agregaron las nuevas al
representante lo mismo y hay dos puntos
principales que son nuevos dentro del
sistema que son la revisoría fiscal y la
auditoría interna a estas dos
a estos dos órganos de la compañía o
estas dos áreas de la compañía se les si
bien no se les dan funciones específicas
si se habla sobre la posibilidad de
tener auditorías internas que revisen el
sar lab con estás constantemente y nos
generen mecanismos de mejora al interior
del sar lab y el oficial de cumplimiento
pues sigue siendo el líder frente
a la obligatoriedad de la auditoría
interna o no creemos nosotros que de la
redacción de la norma la norma nos está
indicando que es una recomendación tener
un área de auditoría interna que realice
las revisiones al sistema sin embargo a
la fecha todavía no es una obligación
qué pasa con la revisoría fiscal que es
una de los de los responsables y de las
nuevas responsabilidades que se tienen
frente a la revisoría fiscal tampoco hay
un listado taxativo de funciones pero si
nos está indicando 3
de la redacción si no se está
identificando tres obligaciones que ya
existen de otras normas pero que se
asientan en el caso usar la 1
que tienen la obligación por ley desde
el código de comercio de realizar los
reportes de operaciones sospechosas que
sean necesarias en conocimiento y que
tengan conocimiento de ellas en
cumplimiento de sus funciones dentro de
las compañías es decir el revisor fiscal
va a tener la obligación de que si
conoce que algo raro está pasando dentro
de la compañía que está auditando debe
informarlo directamente a la uiaf
y si conoce de actuaciones que a su
consideración ya son delictivas debe
poner en conocimiento a las autoridades
respectivas a la fiscalía general de la
nación de lo contrario estaría
estaría cometiendo el delito pues de
omisión de denuncia y lo tercero es la
obligación de informar a los órganos
sociales como el revisor fiscal le
reporta directamente al máximo órgano
social sea la junta de socios con la
familia de accionistas
el revisor fiscal que se entere de este
tipo de actuaciones sospechosas va a
tener necesariamente que informar a los
a estos órganos sobre lo que está
sucediendo sin perjuicio de tener que
informar a las autoridades dentro de los
seis meses siguientes esto que esto a
que nos lleva a que el revisor fiscal se
le ha levantado su reserva profesional
respecto de las funciones que cumple al
interior de las compañías es decir el
revisor fiscal no tiene esa reserva
comercial respecto de asuntos que puedan
llegar a tener el lavado de activos o
financiación de esther mismo
dicho eso estos eran los principales
cambios macro de la del sistema pero le
quiero dar la palabra a luis miguel para
que nos continúe contando unos aspectos
más específicos y mucho más profundos de
los cambios
al sistema de los procedimientos
específicos louis adelante muchas
gracias christian bueno continuamos
entonces con nuestra presentación para
revisar cuáles han sido los cambios más
relevantes que la reforma a la circular
básica jurídica de diciembre del año
pasado
han implicado para el sistema shangri-la
uno de esos cambios bien relevantes es
el que tiene que ver con los
procedimientos de debida diligencia
estos procedimientos de debida
diligencia que así que podríamos pensar
es una de las columnas vertebrales de
todo el sistema esos procedimientos son
los que consisten en aquellos mecanismos
idóneos implementados por la compañía
para conocer a sus contrapartes qué
significa conocer a sus contrapartes
significa identificarlos
a ver cuál es la actividad económica que
desarrollan saber si sus contrapartes
tienen alguna calidad de pep cómo ha
sido definida por la norma o si tienen
algún vínculo con él con algún pp saber
cuáles son las zonas geográficas en
donde operan y eventualmente como lo
está imponiendo ahora también la norma
en su reforma saber cuál es su
estructura societaria la naturaleza de
sus asociados mayoritarios y quiénes son
sus beneficiarios finales
antes de entrar a ver estos cuatro
puntos que podemos ver en la diapositiva
que fueron los que implicaron algún tipo
de cambio reforma resaltemos también
cuáles son los aspectos que no cambian
qué aspectos siguen siendo iguales el
primer aspecto el objetivo ya lo dijimos
conocerá luego a la contraparte el
segundo aspecto como conocer a esa
contraparte no hay reformas sustanciales
en ese aspecto se puede seguir
conociendo a la contraparte a través de
formularios de vinculación formularios
de actualización de datos declaraciones
éticas o declaraciones de compliance en
los contratos o en documentos a partes
oa través de cualquier indagación que
puede hacer la compañía en fuentes
abiertas motores de búsquedas o listas
restrictivas o listas vinculantes
que otro aspecto no cambio que el
conocimiento de la contraparte debe
hacerse con un enfoque de riesgos ya lo
dijimos no es un aspecto que deba ser
del mero cumplimiento de normas sino que
es de acuerdo a la identificación
medición y segmentación del nivel de
riesgo de esa contraparte asimismo será
la intensidad que la compañía debe
aplicar a estos procedimientos de debida
diligencia para conocer a esas
contrapartes no sé si ya lo hemos
comentado creo que no entonces vamos a
repetirlo a decirlo estas contrapartes
quienes son clientes proveedores
empleados y nuevos socios asociados de
la compañía esas son las contrapartes
que la compañía debe conocer
adecuadamente para gestionar estos
riesgos de lavado de activos
financiación del terrorismo y
financiación de la proliferación de
armas de destrucción masiva ahora sí qué
elementos pueden haber cambiado a partir
de la reforma en primer lugar ya lo
había mencionado cristian la necesidad
de conocer a estos beneficiarios finales
beneficiarios finales que están
representados como aquellas personas
naturales
un 5% o más en la representación del
capital social o en sus utilidades
desde la compañía esos serían esos
beneficiarios finales que hay que
conocer cómo se tienen que conocer a
través de los formularios lo que
nosotros sugerimos es ampliar estos
formularios y estas declaraciones para
que incluyan un capítulo en donde se
declaré por parte de la contraparte
quiénes son sus beneficiarios finales
quienes cumplen con esta condición del
5% con su nombre identificación y
vinculación con la compañía lo mismo
respecto de la estructura propietaria al
respecto creemos que la norma trae unos
problemas de interpretación en unos a
los que han leyó la norma han podido
evidenciar que en una parte muy concreto
la norma es muy clara e imperativa y
dice que hay una obligación de conocer a
los beneficiarios finales
sin embargo renglón seguido dice que
para conocer la estructura societaria a
conocer los beneficiarios finales o la
naturaleza de los asociados mayoritarios
deberán aplicarse unas medidas
razonables y eso es casi que una
contradicción porque de un lado nos está
diciendo tiene usted la obligación y de
otro lado no está diciendo tiene la
obligación de implementar medidas
razonables
razonables son medidas suficientes y
proporcionales al riesgo y a la
materialidad del riesgo para conocer al
beneficiario final nosotros creemos que
la interpretación correcta en este punto
es la que tiene que ver con las medidas
razonables porque dependiendo del nivel
de riesgo de la contraparte será la
obligación de la compañía de conocer con
mayor o menor intensidad quiénes son sus
beneficiarios finales si esa contraparte
reporta un nivel de riesgo bajo muy bajo
esa obligación a esa intensidad también
de conocer los beneficios finales
también deberá ser de esa categoría sin
embargo si la contraparte representa un
nivel de riesgo alto altísimo digamos
porque se dedica a uno de los sectores
sensibles del lado activos por ejemplo
al sector de la comercialización de
metales preciosos es una compañía que
además desarrolla su actividad económica
en zonas apartadas del país en zonas de
alta presencia de conflicto o de
problemas de orden público
de pronto relacionados con la minería
ilegal por ejemplo en este caso entonces
dado
de riesgo alto de esa contraparte ese
deber de conocimiento del beneficiario
final debe ser más intenso a eso se
refiere el hecho del enfoque o de la
aproximación de estos sistemas con un
enfoque de riesgos y no de mero
cumplimiento normativo otro de los
cambios importantes que podemos
evidenciar es el que tiene que ver con
la actualización de esos datos desde el
procedimiento de debida diligencia de
conocimiento de contrapartes
antiguamente ese porque ese ese deber de
actualización o de reconocimiento de las
contrapartes era cada año en la
actualidad
la norma nos permite que se realiza como
mínimo cada dos años ampliando entonces
ese término un problema que puede
suceder en relación con el conocimiento
de los beneficiarios finales de las
contrapartes es que yo tenga vinculado a
estos proveedores de estos clientes
desde hace algún tiempo y en el momento
en que los vinculen no les pregunte cuál
era su beneficiario final estoy
incumpliendo la norma en este momento
por el hecho de que tengo
a esas contrapartes y no conozco sus
beneficiarios finales nosotros
consideramos que no bajo el prisma que
nos indica la norma que debo actualizar
esos datos cada dos años como mínimo
nosotros consideramos que hasta que no
se cumplan ese término de dos años desde
el momento del que fue promulgada la
norma no se estará incumpliendo ese
deber siempre y cuando cuando se cumplan
estos dos años se cumpla con la
obligación de indagar sobre cuáles son
los beneficiarios finales de estas
contrapartes
otro de los cambios expresos que trae la
norma en relación con las debidas
diligencias es que una debida diligencia
adecuada es aquella que no solamente se
da al principio de la vinculación sino
la que se da de manera constante sobre
la relación jurídica o comercial que se
tenga con la contraparte y esa debida
diligencia constante sobre la relación
hace referencia a un monitoreo
permanente y periódico sobre la relación
cómo se hace ese monitoreo permanente a
través del examen de los movimientos
contables que puede haber entre las
contrapartes ese examen hay que hacer
referencia hacer referencia a estar
pendientes por ejemplo a cambios bruscos
en la relación a cuál es el flujo de los
recursos que se dan de un lado hacia
otro a estar pendientes de las señales
de alerta que puedan implicar cambios
sospechosos o inusuales en la forma en
que como normalmente estábamos
conduciendo el negocio o ejecutando la
relación con esa contraparte por ejemplo
uno de esos exámenes estarán enfocado en
ver que si una contraparte normalmente
me pedía crédito
un cliente me pedía crédito para poder
suministrarles los productos y de
repente ya no me con ya no me pide los
créditos sino que me paga de contado eso
es un asunto que debería estar pendiente
de eso o tengo un proveedor que siempre
me da un precio de mercado y de un
momento a otro me está dando el 50% de
descuento sobre ese precio eso es un
cambio brusco en la relación que debe
ser continuamente monitoreado estos son
sólo ejemplos algunas señales de alerta
de lo que debe hacer la compañía lo que
significa ese deber de examinar
constantemente la naturaleza de la
relación y los flujos de recursos dentro
de la relación y finalmente uno el
último el último cambio que hubo en
relación con las debidas diligencias es
el que tiene que ver con el momento en
el que se debe hacer la debida
diligencia tenemos una regla general y
tenemos una excepción a esa regla
general la regla general es que todas
las debidas diligencias deben ser
ejecutadas con anterioridad a la
vinculación de la contraparte esa es la
forma idónea
de gestionar los riesgos antes de entrar
a firmar contratos oa ejecutar la
relación jurídica con la contraparte lo
correcto es conocerla adecuadamente sin
embargo la norma también reconoce que la
realidad de los negocios la realidad del
día a día la realidad de la operación
puede que se vea trastocada por el hecho
de tener que cumplir de manera absoluta
con esa obligación de conocimiento
previo a la vinculación entonces la
norma nos permite excepcionalmente en
algunos casos muy concretos que tienen
que ser consignados de manera taxativa y
por escrito en el manual de
procedimientos xarla nos permite que la
y que el conocimiento sea posterior a la
vinculación cuando posterior casi que
inmediatamente se nos dice en un término
en específico pero debe ser un término
razonable que no debería ser un término
muy largo
cuáles serían esas causales
excepcionales la más básica es por
ejemplo cuando la operación de la
compañía lo requiera cuando la operación
de la compañía no pueda pagar por el
hecho de tener que solicitar unos
documentos hacer unas verificaciones
correr en listas cuando la operación de
la compañía lo lo lo demande de manera
concreta podrá hacerse entonces ese
conocimiento de contraparte
posteriormente a la vinculación pero les
repetimos muy importante
debe quedar ese procedimiento escrito en
el salaz no un asunto que sea a la
discreción del oficial de cumplimiento
no es un asunto que sea la discreción de
la junta directiva o del asesor
comercial es un asunto que debe estar a
un procedimiento que debe estar regulado
y escrito en el manual de procedimientos
del sistema estas serían las reformas
que tenemos para destacar en relación
con las debidas diligencias a
continuación pasamos al tema de las
reformas que tienen que ver con el
oficial de cumplimiento esa persona que
es
de los protagonistas de todo este
sistema tal vez el principal
protagonista de estos sistemas qué
aspecto no cambia en relación con el
oficial de cumplimiento los mismos
órganos que en la norma anterior tienen
que designar lo igual en la reforma son
esos mismos órganos que tienen que
designar los nos referimos a la junta
directiva de la compañía o el máximo
órgano social es a esa obligación de que
sea la junta directiva la que lo designe
en acta que se que éste esté consignado
por escrito en el acta respectiva esa
obligación no cambia si igual sin
embargo los cambios vienen a renglón
seguido con lo que tiene que ver con el
perfil del oficial de cumplimiento aquí
sí hubo un cambio muy drástico en este
asunto sucede que anteriormente el
perfil del oficial de cumplimiento debe
hacer un empleado y no sea un empleado
de la compañía y no se decía mayor cosa
en relación con cuál debería ser su
nivel de educación o su nivel de su
nivel de conocimiento de estos temas más
allá de que tuviera un título
profesional en la actualidad resulta que
ya el oficial de cumplimiento
no tiene que ser obligadamente
obligatoriamente un empleado de la
compañía puede ser un tercero vinculado
mediante contrato de prestación de
servicios o puede ser incluso una
persona natural vinculada a una persona
jurídica que se dedique a prestar este
tipo de servicios de esta manera podemos
evidenciar como la reforma ha creado
todo un nuevo ámbito de profesionalidad
todo un nuevo una nueva industria
dedicada a estos temas en relación con
estos oficiales de cumplimientos
tercerizados que se dedicarán a prestar
este tipo de servicios sin embargo
tienen un límite hay un límite para
estos oficiales de cumplimientos
tercerizados no pueden ser oficiales de
cumplimiento los tercerizados de más de
diez compañías eso tiene sentido lo que
busca la norma es concentrar un poco la
atención de estos oficiales de
cumplimientos para que no se dediquen a
ser oficiales de cumplimiento de cientos
de compañías lo que podría terminar pues
afectando la calidad del servicio que
ellos presten y la seriedad del
cumplimiento de sus obligaciones de cara
al sistema en lo que tiene que ver con
la gestión de estos riesgos entonces sí
puede ser un
un oficial de cumplimiento ha
tercerizado pero con un límite que no
puede ser oficial de cumplimiento de más
de diez compañías que además estas diez
compañías no pueden competir entre sí no
pueden ser competidores entre sí lo cual
también tiene todo el sentido porque
hace referencia a una gestión de
conflictos de intereses que se puedan
que se puedan generar en estos oficiales
de cumplimientos tercerizados sobre las
calidades que debe cumplir el oficial de
cumplimiento la norma nos dice ahora
además de tener el título profesional
también deben tener certificación de
conocimientos en estos temas puede ser
por medio de un posgrado una
especialización una maestría puede ser a
través de un diplomado puede ser a
través de los cursos que realiza la uia
el tema es que la norma no se exige que
existe una certificación del oficial de
cumplimiento que acredite su
conocimiento sobre estos temas es
en relación también con el perfil
importante tiene que acreditar
conocimiento y experiencia en la
administración de riesgos la norma no
dice expresamente que tenga que ser
riesgos de lavado de activos
financiación del terrorismo y
financiación de la proliferación de
armas de destrucción masiva pero si nos
dice que detener la administración el
andrés experiencia en la administración
de riesgos relacionados con el sistema
nosotros entendemos que entonces hacer
referencia a experiencia en
conocimientos de riesgos en
administración de riesgos de
cumplimiento como pueden ser los riesgos
de corrupción y otros riesgos de
cumplimiento legal los ricos’ legales
asociados a estos
otro aspecto importante es el que tiene
que ver con las inhabilidades
incompatibilidades y los conflictos de
intereses las normas nos dicen que debe
estar expresamente consignado en el
sistema cuáles son las inhabilidades y
las incompatibilidades y procedimientos
de gestión de conflictos de intereses
que deben cumplir estos oficiales de
cumplimiento dentro de estas
inhabilidades incompatibilidades la más
importante es la que tiene que ver con
la norma que dice que el oficial de
cumplimiento no puede hacer parte ni de
la revistería fiscal ni la de la
auditoría interna en caso de existir ni
puede ser representante legal de la
compañía muy importante esto porque
hemos visto que en nuestra experiencia
que muchas veces el oficial de
cumplimiento tiene facultades de
representante legal sea como
representante legal suplente sea como
representante legal para asuntos
judiciales o extrajudiciales el punto el
tema importante entonces aquí es que la
norma expresamente nos está diciendo que
no es posible es incompatible
oficial de cumplimiento sea
representante legal es bien importante
tener esto en cuenta y finalmente en lo
que tiene tiene que ver con la
notificación a la superintendencia de
sociedades esto es una novedad esto
antes no teníamos que hacerlo no era una
obligación notificar a la
superintendencia de sociedades quien era
el oficial de cumplimiento pero
siguiendo un poco los estándares que han
sido impuestos en el sistema financiero
ahora en el sector real también es
obligación notificar al oficial la
designación del oficial de cumplimiento
a la superintendencia de sociedades
dentro de los 15 días siguientes a su
designación
eso se hace por medio de correo
electrónico el correo electrónico
dispuesto por la entidad que es el de la
delegatura de asuntos societarios bien
importante también en relación con esto
que la normal nos da la posibilidad
ahora de designar a un oficial de
cumplimiento suplente es una facultad no
es una obligación pero nosotros
sugerimos recomendamos que así se ha
hecho porque eso es uno de los
mecanismos una de las formas de
gestionar los conflictos de intereses
que puedan suscitar
el oficial de cumplimiento principal por
ejemplo pienses en un caso donde el
oficial de cumplimiento principal deba
hacer un procedimiento de debida
diligencia de conocimiento de
contraparte donde la contraparte sea un
pp que sea su cuñado eso es una
situación que genera un conflicto de
interés como se podría gestionar eso de
manera eficiente con un oficial de
cumplimiento suplente que releve al
oficial de cumplimiento principal en la
conducción de esa debida diligencia
específica eso serían los cambios más
relevantes que destacamos en relación
con el oficial de cumplimiento
reglón seguido entonces queremos también
destacar todo lo que tiene que ver con
el régimen de medidas mínimas esta es
tal vez la gran novedad de la reforma
del año pasado de diciembre del año
pasado en este tema porque es la gran
novedad porque es un asunto totalmente
nuevo
por medio de este régimen de medidas
mínimas lo que la superintendencia de
sociedades quiere hacer es ampliar el
universo ampliar el espectro de las
personas que están obligadas a
implementar unos procedimientos así sean
simplificados de gestión de estos
riesgos es una medida para ampliar ese
espectro y que en cierto que de cierta
forma es muy idónea muy adecuada porque
de esta manera se estará combatiendo
mucho más efectivamente la criminalidad
que tiene relación con el lavado de
activos y con estos riesgos legales sin
embargo es importante dejar en claro que
no es el régimen ordinario del
shangri-las es un régimen simplificado
que tiene pues sus propias
características y sus diferencias con el
régimen ordinario
lo primero es las personas que están
obligadas las personas que estarán
obligadas las compañías que estarán
obligadas serán unas de unos
determinados sectores en específicos ya
óscar no lo había comentado al principio
de nuestra charla que son esos sectores
bien sensibles al tema del lavado de
activos como el sector inmobiliario el
sector de servicios jurídicos servicios
contables o entre otros y deberán
cumplir con unos umbrales unas cuantías
económicas de ingresos o activos
cuáles son las diferencias con el
sistema o con el régimen ordinario pues
lo primero en el régimen de medidas
mínimas no existe el oficial de
cumplimiento no hay un oficial de
cumplimiento
las funciones del oficial de
cumplimiento van a ser ejecutadas por el
representante legal de la compañía
segundo una segunda diferencia
importante no existe una obligación de
tener políticas escritas matriz de
riesgos manual de procedimientos sin
embargo si existe una obligación de
tener procedimientos implementados para
identificar y controlar los riesgos que
se hayan identificado cuál es la mejor
forma de ejecutar un procedimiento de
identificación y de control de riesgos
pues teniendo una política escrita
teniendo unos manuales escritos teniendo
una matriz de riesgos tal vez de una
matriz de riesgos tan compleja como la
que puede haber en una compañía de un
rey el régimen ordinario pero si una
matriz de riesgo simplificada que
permite facilitar no solamente esa
identificación y ese control de los
riesgos sino la capacitación y la
divulgación del sistema de los
colaboradores
es más fácil capacitar a los
colaboradores es más fácil divulgar el
sistema internamente si tenemos por lo
menos unas políticas escritas que
demostrar y que sea fácilmente
consultable para las compras los
colaboradores empleados de la compañía
este asunto sigue siendo igual que en el
régimen ordinario la necesidad de
capacitar a los empleados es obligación
del representante legal sea directamente
o por medio de terceros capacitar a los
empleados en el contenido de este
sistema simplificado completar los
procesos de debida diligencia de
contrapartes eso sigue siendo una
obligación que lo acabamos de decir no
es necesario tenerlo por escrito pero si
es necesario hacerlo la forma más fácil
de hacerlo es si se tiene por escrito
conocer la estructura de la propia de
las contrapartes de las compañías de las
contrapartes conocer sus beneficiarios
finales y muy importante el tema de los
reportes a la uia debe el representante
legal inscribir a la compañía e
inscribirse asimismo en el sistema en
línea de reportes de la hoya el psir el
de la olla y debe realizar los reportes
a los cuales esté obligados como son los
reportes de operaciones sospechosas los
reportes de ausencia de operaciones
sospechosas en la periodicidad que
determine en esa entidad
y finalmente bueno realizan los reportes
no solamente inscribirse sino realizar
los reportes en la periodicidad que
indique esa entidad eso sería lo más
relevante en lo que tiene que ver con el
régimen de medidas mínimas creemos
nosotros con una de las consecuencias
más prácticas de estos es que muchas
compañías van a quedar obligadas y así
como yo estoy solicitando le a las
compañías a mis contrapartes que me
suministren información sobre sus
beneficiarios finales que me suministran
información sobre sus actividades
económicas asimismo a mí me la pana ps
porque muchas compañías van a quedar
obligadas a gestionar estos riesgos y
así como yo estoy pidiendo esta
información muchas otras compañías me
van a pedir a mí esa información por lo
que es bien importante sugerirle y
organizar esos procesos de entrega de la
información
bueno y vamos a ir mirando ya entrando a
la recta final de esta charla y hablamos
de la última reforma que nos trae la que
nos trae la circular del año pasado de
diciembre del año pasado y es lo que
tiene que ver con el régimen
sancionatorio por incumplimientos a las
directrices de la superintendencia en
estos sistemas es decir cuando los
sistemas
implican alguna falla no estén
funcionando adecuadamente o simplemente
esté la compañía
incumpliendo las obligaciones que de la
circular emanan y la superintendencia
por imponer sanciones por una cuantía de
200 salarios mínimos de manera sucesiva
o no por estos incumplimientos cuál es
la novedad en este tema que otro ahora
anteriormente estas sanciones solamente
eran impuestas a la persona jurídica sin
embargo a partir de la reforma se amplía
el espectro de destinatarios de estas
sanciones y también podrán ser
sancionados de forma pecuniaria con esta
multa de 200 salarios mínimos los
administradores nos referimos a miembros
de junta directiva representante legal
los oficiales de cumplimiento y los
revisores fiscales entonces bien
importantes recomendamos por ejemplo en
estos casos revisar las pólizas y los
seguros que tenga la compañía de
administradores para ampliar ese
espectro de sujetos
y asegurados y evitar tener que
responder pues con el patrimonio propio
y personal por alguna de estas sanciones
en caso de que se sin embargo bien
importante recordar que estas sanciones
se impone siempre un previo debido
proceso administrativo donde se
practican pruebas y pues los procesados
las personas que pueden ser sancionadas
podrán ejercer su derecho de defensa y
contradicción ahora un asunto novedoso
que todavía no está en vigencia es el
tema que tiene que ver con el proyecto
de ley sobre omisión de control de hecho
en este momento se tramita la audiencia
pública en el senado de la república
donde se está discutiendo este proyecto
de ley anticorrupción que fue erradicado
por la presidencia la vicepresidencia de
la república con el fin de proferir unas
nuevas normas en la lucha contra la
corrupción y el lavado de activos y
demás riesgos de cumplimiento cual es la
novedad que nos trae este proyecto de
ley de cara este sistema sarlat la
novedad que nos trae es que está creando
un nuevo delito una nueva conducta penal
sancionable penalmente con pena
de prisión que se llama omisión de
control ese delito ya existe en el
sistema financiero y lo van a crear
ahora en el sector real y el delito
consiste en aquellas personas que el
interior del sistema de gestión de
riesgos de lavado de activos dice ser
representante legal en especial oficial
de cumplimiento y comitán ejecutar los
controles a su cargo para gestionar
estos riesgos y el riesgo se concretó en
material y se responderán con pena de
prisión importante transmitirles que es
un delito de carácter doloso lo que
significa que es un delito que requiere
una intención criminal de no querer
implementar u omitir implementar los
controles para que se materializa el
riesgo si por el contrario la conducta
nueva tiene una intención criminal sino
que fue por negligencia del oficial de
cumplimiento o del encargado dentro del
sistema de explicar el control el delito
pues no será sancionable porque se
requiere el requisito del dolor o de la
intención criminal
con eso también terminamos entonces los
temas más importantes del régimen
sancionatorio no sin antes otra vez
reafirmarles que lo que estés comenta de
lo del delito 2 misión de control es un
proyecto de ley que todavía no ha sido
promulgado por el congreso pero que está
siendo tramitado y podemos prever en el
futuro próximo que ello va a existir
terminamos entonces nuestra charla para
pasar ya a la parte de preguntas con los
retos que implica esta nueva reforma
el primer reto el tiempo reducido para
implementar el sar lab antiguamente con
la norma anterior al 31 de diciembre
teníamos que verificar si estábamos
obligado a uno y teníamos todo el año
siguiente para implementar el sar lab
ahora no tenemos todo un año tenemos
nada más un semestre hasta el 31 de mayo
por cierto que estamos apenas escasos
dos meses de cumplir con este término
por lo que bien importante adelantar
todas estas acciones necesarias para
tener efectivamente implementado este
sistema un segundo reto el que tiene que
ver con las inversiones tecnológicas en
recursos técnicos y tecnológicos
y ahí hay que hacer unos gastos
administrativos contratar de pronto
personal adicional contratar de pronto a
un oficial de cumplimiento o tercerizar
ese ese servicio y ahí pues habrá que
hacerse unas inversiones económicas en
recursos técnicos tecnológicos y humanos
bien importante tener efe el tercer reto
tener efectivamente implementado el
sistema el 31 de mayo de este año muy
importante porque no es solamente el 31
de mayo tener el manual tener la matriz
de riesgos tener las políticas sino que
todos los procedimientos que estén
consignados en ese manual en esa matriz
de riesgos y en esas políticas tienen
que estar operativos tienen que estar
ejecutándose de manera adecuada porque
si llega la superintendencia a
inspeccionar el tema y encuentra que
solamente existen los papeles pero no
existen las realidad lopera de la
operación la ejecución de estos
procedimientos se estarán cumpliendo con
la obligación
de esa manera entonces terminamos
nuestra nuestra charla y pasamos a la
sección de preguntas a las cuales
estaremos atentos muchas gracias
compartió en esta mañana si tenemos
varias preguntas por parte de nuestros
participantes la final y la plaza nos
dice no me queda claro si los operadores
portuarios están obligados a
implementarse aguilar
claro sí sí sí quieren esto y estoy
atento a responder la pregunta
para responder la pregunta sobre los
operadores portuarios es necesario tener
en cuenta que entidad la vigila y si
tiene alguna calidad especial ante la
dian si bien en nuestra charla de hoy se
basó específicamente en los asuntos de
vigilancia de la superintendencia de
sociedades los operadores portuarios
pueden tener calidades especiales ante
la dian como por ejemplo ser usuarios de
zona franca
y ser operadores logísticos tener la
calidad de operadores económicos
autorizados ante la dian los pares
aduaneros permanentes o altamente
exportadores y eso esas calidades las
llevan a tener la obligación de
implementar un ser lab no bajo esta
normativa sino bajo una normativa
distinta que es la normativa de la dian
que sigue principios similares pero que
pueden llegar a tener requisitos
distintos en cuanto a la en cuanto a la
implementación y lo segundo es confirmar
cuál es la entidad que la vigila y
supervisa si es la superintendencia de
puertos y transporte si es la apropiada
superintendencia de sociedades ya que
cada entidad puede llegar a tener su
propio sus propios sistemas de
desarrollo y sus propias regulaciones de
esa razón entonces habría que analizar
pues para terminar habría que analizar
el caso completamente en detalle ver qué
autoridades le aplican qué calidades
tiene la compañía
gracias el contador puede ser oficial de
cumplimiento nos preguntara si una
villana
si eres como está cristian bueno como
habíamos comentado el un contador un
profesional de la contaduría puede ser
oficial de cumplimiento no hay ningún
problema el problema que tenemos que
analizar es cuál es el rol o la función
que cumple el contador al interior de la
compañía para determinar si se encuentra
dentro alguna de las causales de
inhabilidad o incompatibilidad como
dijimos el que no puede ser los
funcionarios que no pueden ser oficial
de cumplimiento son los que hagan parte
de la revista fiscal del ministerio
interna en caso de existir y de la
administración como representantes
legales entonces si el contador este
contador o el interior de la compañía no
hace parte de ninguna de estas áreas
auditoría externa interna o
representante legal o la administración
si podrá ser oficial de cumplimiento
contrario sensu si está en alguna de
estas situaciones no podría hacerlo por
la inhabilidad que consigna la norma
la siguiente pregunta no las antenas mía
la ley de carolina si una empresa por
topes quedó al cierre del 2020 vigilado
por la súper y también supera los topes
establecidos en la circular de las súper
de finales del 2020 debe implementar el
sistema antes de mayo y enviar los
reportes correspondientes en el 2021
de acuerdo a marcela mil gracias a ver
si entendemos la pregunta es la compañía
31 de diciembre de 2020 superó los topes
o en activos son ingresos que es
cualquiera de los dos no necesariamente
ambos sino cualquiera de los dos y es
vigilada por la superintendencia de
sociedades va a ser una compañía que
está obligada a implementar izarla su
plazo vence el 31 de mayo del 2000 21
como les comentaba luis miguel 31 de
mayo desde el 2021 la compañía va a
tener que haber implementado el sistema
haber nombrado al oficial de
cumplimiento haberse registrado en el
cierre el etcétera y a partir de mayo
del 2021 es donde inicia su obligación
de realizar todos los reportes a la
superintendencia de sociedades a la
unidad de información análisis
financiero y en adelante hasta que
pierda la obligación pero eso es algo
que normalmente no sucede y una compañía
queda obligada hacia el futuro
la sacristana siguiente pregunta no las
hace la maestra
en el caso de shangrilá para empresas
nuevas que no están obligadas hasta
diciembre de 2020 qué criterios son los
que se deben tener en cuenta por ejemplo
empresas del sector comercio los activos
e ingresos también bajo el tope
establecido
me puedes volver a repetir la pregunta
que no entendí un poquito la he claro
en el caso de zhang y lado las empresas
nuevas que no están obligadas hasta
diciembre 2020 qué criterios son los que
deben tener en cuenta por ejemplo
empresas del sector comercio es que
tiene como una cinta de puestos los
activos ingresos también bajo el tope
establecido no sé no me queda mujer no
otra que la versión creo que lo logro
entender si bien estamos o sea la norma
salió el 24 de diciembre de 2020 por lo
que ella es aplicable con corte a
ejercicios de 31 de diciembre de 2020 a
31 de mayo de 2021 las que hayan
superado los topes a 31 y 100 de 2021 20
a 31 de diciembre del 20n la obligación
de implementarlo a 31 de mayo 2021
creo que eso responde un poco la
pregunta y otra aclaración porque veo
que están hablando del sector de
comercio exterior es posible estar
obligado bajo dos regímenes distintos es
decir es posible que yo esté obligado
tanto por el régimen de la norma de las
por intendencias sociedades como también
por tener una calidad especial ante la
dian por ejemplo ser usuarios
frank a estar vigilado por la
superintendencia de sociedades y superar
los límites hace que yo tenga la
obligación de implementar un solar de
bajo ambas regulaciones que es lo que
usualmente hacemos es tener un solo
sistema que cumpla con ambos requisitos
así normalizado long y ser el nuevo
riesgo sólo aplica para la o también
aplica para las empresas obligadas a
implementar si la
creo que es una pregunta que vuelve al
tema del sector de comercio exterior la
charla que estamos teniendo es sobre el
régimen de superintendencia de
sociedades cuestión pues norma que es
distinta del régimen sipla que es por
decirlo así el sistema administración de
riesgos de lavado de activos y
financiación del terrorismo del sector
de comercio exterior que regula la dian
en consecuencia pues el tema del riesgo
de armas de destrucción masiva es un
tema de la superintendencia sociedades y
no de la diana sin perjuicio de que hay
que tener muy en cuenta a las compañías
que están obligadas por él por el sector
de comercio exterior
aunque la circular 170 del 2002 no nos
habla de armas de destrucción masiva el
modelo de gestión de riesgos para el
sector del comercio exterior si habla de
armas de destrucción masiva con un tema
de recomendación y segundo
las compañías que tienen la calidad de
operador económico autorizado las
resoluciones que hablan sobre los
operadores económicos autorizados les
indican que su sistema tiene que tener
mecanismos de prevención no solamente el
lavado de activos y financiación del
terrorismo sino también de porte ilegal
de armas manejo de armas contrabando y
si no estoy mal también el tema de armas
de destrucción masiva entonces aunque no
es aunque aunque el riesgo que estamos
avizorando sobre el nuevo riesgo que
estamos hablando sobre armas de
destrucción masiva estamos hablando de
las superintendencias sociedades si
volteamos a ver el régimen de sector de
comercio exterior las 170 no lo tiene
hay que tener en cuenta tanto el modelo
como en el caso de las de los judas
llega hasta él hay una cosa que dice y
pertenezco a una figura de outsourcing
de auditoría interna en la empresa
figura de contraloría puede fungir como
utilizar de cumplimiento de las de luis
bueno como como habíamos según
entendemos la pregunta y como habíamos
mencionado si hace parte de la auditoría
interna estaría inhabilitado para hacer
parte para ser oficial de cumplimiento
si esa auditoría interna entiendo que
esto es un outsourcing y no no no eso
sería relevante porque finalmente
estaría cumpliendo una función de
auditoría interna y existe una
incompatibilidad de que el oficial de
cumplimiento haga parte de una área de
la compañía cuya función es finalmente
entre otras vigilar su función o su
actividad como oficial de cumplimiento
entonces existiría hay una
incompatibilidad y no lo podría hacer
vista en la mesa nos dice para las
empresas de tipo construcción
cuáles son los topes de ingresos y/o
patrimonio para cumplir con estos
requisitos y evitar la sanción y quiénes
son los sujetos responsables
en relación con las cuantías esas se
pueden verificar en tanto en tanto en la
circular como en la presentación que
venimos haciendo y para el tema de la
construcción de edificios y de obras
civiles
ellos tienen una regulación del régimen
ordinario que hace referencia a los
siguientes requisitos tienen que ser
vigiladas o controladas por la
superintendencia de sociedades tienen
que tener ingresos totales de 30 mil
salarios mínimos legales mensuales
vigentes al 31 de diciembre del año
anterior en que deban implementar el
shangri-la
repetimos treinta mil salarios de
ingresos totales no de activos sino de
ingresos totales y como requisitos
adicionales deben tener un código 6 y el
4 111 el 4 11 12 el 40 y otros 210 el 41
20 o el 42 90 si les parece bien
podríamos eventualmente compartir esta
esta tabla que habíamos reseñado en
nuestra en nuestra charla para que
puedan consultarla más adelante de
acuerdo louis sólo solamente también una
aclaración importante ahí es para el
sector de construcción de edificios si
bien los ingresos son de 30 mil salarios
mínimos hay que tener y hablamos
únicamente de ingresos sino de activos
hay que tener en cuenta que una compañía
de construcción que no supe que tenga 20
mil salarios mínimos en ingresos pero
tenga 40 mil o 50 mil salarios en
activos va a estar obligada bajo la
regla residual es decir que aunque yo
tenga la obliga a aunque yo no tenga la
obligación por ingresos si superó los 40
en activos si voy a tener la obligación
muchísimas gracias dieron muchas
preguntas aún sin las respuestas
continuamos con line en mendoza
preguntas si existen formatos modelos
para la implementación de riesgos de la
administración de riesgo
claro si quieres yo yo respondo de san
luís que tiene que ver mucho con con los
sistemas de administración de riesgos lo
que existe en la él
[Música]
de hecho lo puedes ver en google puedes
colocar modelos de gestión de riesgo de
lavado de activos sector real o sector
comercio exterior dependiendo de la
compañía a la que la que estemos
hablando y te van a aparecer modelos de
gestión eso qué significa te van a
aparecer guías de cómo debes implementar
cada uno de los pasos que te
comentábamos en esta sección de cómo
debes hacer la sección de identificación
de medición de mitigación y de monitoreo
cómo armar una matriz de riesgo y buzz
cómo describir los procedimientos pero
de ninguna manera te va a aparecer un
modelo de un manual que tú puedas copiar
y pegar para tu compañía cambiarle el
nombre e imprimirlo y decir que este es
tu manual por qué porque el sistema de
administración de riesgos parte de una
identificación y medición de tus propios
riesgos de la identificación y los
eventos de riesgos que tú has
identificado en tu compañía por lo que
los procedimientos y controles se tienen
tienen que ser
adecuados y específicos para tu propia
compañía para tus propios procedimientos
de lo contrario los procedimientos no se
van a aplicar
imagínate que estemos hablando de un
modelo que sea para unos bancos y tú y
tu compañía nada tiene que ver con los
bancos sino con como estábamos hablando
con los operadores portuarios entonces
pues todos los procedimientos que le
aplican a esta compañía no te van a
aplicar a ti por lo que necesariamente
pues tienes unas guías que puedes seguir
pero el sistema y el manual y los
propios políticos y procedimientos
tienen que ser propios y desarrollados
al interior de la compañía
casa christian el ser mauricio restrepo
pregunta que entidades autorizadas para
certificar oficiales de cumplimiento y
qué requisitos se requieren para que un
oficial de cumplimiento que debidamente
certificado
louis quieres que si quieres yo arranco
en el tema de las entidades certificadas
y complementos con las calidades
adelante
a diferencia de lo que exigen otras
otros a diferencia de lo que exigen
otros requisitos en otras en otros
sectores como el sector financiero
en el caso del oficial de cumplimiento
del sector real nos están diciendo que
debe cumplir con experiencia académica
en charlas cursos seminarios sobre
lavado de activos y financiación del
terrorismo y administración de los
riesgos no habla de un número mínimo de
horas no habla de que tengan que ser
títulos académicos válidos por decirlo
así es decir no necesariamente tienen
que ser especializaciones maestrías
pregrado sin perjuicio que el oficial de
cumplimiento tiene que ser un
profesional de cualquiera de cualquier
área pero tiene que ser un profesional
frente al riesgo de lavado de activos no
te están indicando que tú tengas que
tener un título de una universidad sobre
prevención de riesgo de náuticos eso no
te lo está diciendo pueden ser charlas
que entreguen certificaciones sobre
sobre los temas tratados sobre horas
realizadas por lo que puedes ver en el
mercado y en internet
bastantes bastantes
entidades privadas que realizan este
tipo de certificaciones no te van a
exigir una certificación en específico
que sugerimos o pues que sugiero yo
personalmente
existen universidades que realizan
diplomados y esos diplomados suelen
identificarla
la entidad que lo que lo que lo dio que
impartió el diplomado las obras y los
temas tratados por lo que el hecho de
que provenga de una universidad puede
dar un cierto nivel de mayor seriedad a
las charlas a las charlas que están
asistiendo y que pueden certificar pero
la claridad es no necesitas ninguna
cuestión específica salvo demostrar que
tiene esa experiencia y conocimiento en
estos asuntos
los otros requisitos si luis nos va a
indicar porque no es solamente
experiencia académica si correcto no
solamente en la certificación de esa
experiencia académica sino dos
requisitos ulteriores 1 título
profesional importante tener un título
profesional y segundo tener experiencia
de como mínimo seis meses en la
administración de riesgos como indicamos
la norma no dice expresamente riesgos de
lavado activo financiación del
terrorísmo y financiación de
proliferación de armas de destrucción
masiva pero si se en experiencia en
administración de riesgos relacionados
el sistema pues nosotros entendemos esto
lo interpretamos como riesgos de
cumplimiento legal como podría ser
también algún tipo de experiencia en la
gestión de riesgos de corrupción o como
oficial de cumplimiento en los sistemas
de gestión de datos personales o de
cualquier otro otros riesgos de
cumplimientos legales asociados a estos
por lo menos seis meses de experiencias
en esos temas
cristiana nos dice para una empresa
basada en tecnología block change
comunidad entraría en el riesgo
muy buena pregunta
hace rato que quería tocar ese tema
[Música]
el tema de block change y cripto monedas
y activos virtuales ha sido un tema
bastante
a ver bastante discutido al interior de
las distintas entidades colombianas y
como y como bien saben puede ser
puede ser entendido en colombia como un
como una actividad completamente legal
tan legal es que la están comenzando a
regular el bien has visto que hay que
hay
programas pilotos para para la apertura
de cuentas bancarias y la segunda el
segundo sector donde se ha visto el
sistema block change y el tema de
negociación de cripto monedas vinculado
es éste precisamente el del sar lab
cuando uno ve la definición de personas
que negocian con activos virtuales
entendemos nosotros que compañías que se
dedican a la compra y venta de cripto
monedas y los sistemas block singh caben
dentro de él caben dentro del ámbito de
aplicación de la norma por lo que es
importante que si la compañía se dedica
a eso estén ustedes
se revise en la compañía que a 31
diciembre del 2020 se cumpla con
cualquiera de estos requisitos y si es
así se implementa el sistema
cristian y la sierra nos dice que cuando
las circulares establecen que les
pertenezcan a la administración de la
empresa no pueden ser oficiales de
cumplimiento se refiere sólo a los
comprendidos en la ley 20 222 de 95 o
abarca a toda la parte administrativa de
la compañía en términos organizacionales
bueno en relación con eso es una también
excelente pregunta dado que la norma es
un poco equivoca al respecto y tenemos
que interpretarla la norma si dice que
existe una incompatibilidad y es que el
oficial de cumplimiento no puede
pertenecer a la administración la
pregunta es a qué se refiere esta
palabra administración la interpretamos
en un sentido amplio que se refiere a la
parte administrativa y a todo a todos
los niveles de la administración que
tienen algún algún nivel de jerarquía
alto de dirección de confianza de manejo
o la interpretamos en un sentido
restringido que hace referencia a nada
más a los administradores señaladas en
la ley cuáles son los miembros de junta
directiva y los representantes legales
nosotros nos decantamos por esta segunda
interpretación la que indica el concepto
restringido de administración es decir
nada más la incompleta habilidad sería
en relación con miembros de junta
directiva y con el representante legal
porque porque no tendría sentido y sería
una contradicción que de un lado la
norma me esté pidiendo que el oficial de
cumplimiento sea
funcionario con una jerarquía de por lo
menos segundo nivel que tenga algún tipo
de capacidad de dirección finalmente
tiene que dirigir todo el sistema que
pueda tomar decisiones que tenga un
acceso directo a las altas instancias de
la compañía y al mismo tiempo a medida
que no pueda ser parte de la
administración porque sería una
contradicción obviamente si tiene una
función de dirección y es un funcionario
de una jerarquía alta del segundo nivel
pues va a ser parte de la administración
por eso mismo nosotros consideramos que
cuando la norma dice que hay una
incompatibilidad del oficial del
cumplimiento de hacer parte de la
administración hace referencia que no
puede ser miembro de junta directiva ni
representante legal
y en conclusión si son los de la ley 222
y en conclusión son correctos no tenemos
tiempo para un par de pregunta de dos
preguntas más en la señal jennifer nos
dice una empresa pequeña delicada
ingeniería especializada está obligada a
implementar shangri-la
marcela respondo a ese punto nuevamente
con la tabla que tenemos aquí nosotros
la respuesta a este punto va a depender
del nivel de activos o ingresos que
tenga la compañía nuevamente la compañía
tiene que estar vigilada por la
superintendencia de sociedades y cumplir
con alguno de los activos su ingresos
dependiendo de su sector si cumple con
alguno de esos activos o ingresos va a
tener la obligación de tener el sistema
ahora también hay que tener en cuenta el
régimen de medidas mínimas que luis
miguel nos estuvo comentando porque se
tiene un nivel de ingresos o activos
bastante inferior de tres mil salarios
mínimos a cinco mil salarios minutos por
lo que una compañía pequeña que está
sujeta no la vigilancia sino a la
inspección de la superintendencia
sociedad que cumpla con un nivel de
ingresos activos de tres mil 25 mil
salarios mínimos si va a tener la
obligación de tener un salario sólo que
bajo el régimen de medio
conclusión hay que determinar su nivel
de activos ingresos
las listas donde pueden confirmar
quiénes son los nuevos jubilados si
están ligados por superpuerto
supersociedades en el documento que
vamos a compartir pueden encontrar esta
información
no marcela en el documento que tenemos
en este momento es una es una es una
presentación sobre las empresas
obligadas bajo el régimen de
superintendencia de sociedades creo que
es una pregunta de seguimiento a la
primera pregunta que realizamos por lo
que esa es una es un tipo de pregunta
que hay que revisar a profundidad con la
compañía determinar cuáles son sus
calidades ver quiénes son las
superintendencias que la vigilan qué
facultades tienen sobre cada una de
ellas y poder dar una respuesta
aterrizada del caso
perfecto muchísimas gracias bueno
muchísimas gracias a luis miguel a
cristian a buscar por toda esta
información tan importante que han
compartido a todos nuestros empezaron
esta mañana os gris está podemos dejar
de compartir la presentación por favor
si también lo pueden dejar algún
contacto en estrechar para que nuestros
empresarios si tienen alguna duda
tenemos que todas las dudas sabían de
jugaba en ese espacio pero de repente
puede que en algún momento tengan otra
inquietud acerca del tema y poder dar
respuesta pues se pueden contactar y
poder dar respuesta a todo las
inquietudes que se han generado en este
espacio queremos agradecer a nuestras
entidades probarranquilla y posee de la
ruiz por permitieron este espacio de
formación a todas nuestras entidades
aliadas por supuesto agradecer a
nuestros participantes a nuestros
empresarios que están conectados
‘tenemos que hayan superado sus
expectativas
queremos invitarlos a que sigan
participando en todas nuestras metas muy
virtuales hoy tendremos a las cinco de
la tarde impacto de los cambios de
materia del grup mañana tendremos
asambleas de accionistas y justas juntas
de socios y con nuestro aliado la cámara
con longo americana esta información la
pueden conseguir en www.emera.com puntos
también os invitamos a que la próxima
semana
conecte con nosotros a nuestra correcta
son nómina electrónica estamos
compartiendo los contactos de jessica y
ya libre si necesita más información
para participar en este seminario web
al esperar esta capacitación estará
llegando una encuesta para nosotros es
muy importante conocer cómo ha sido su
experiencia conocer todos los
comentarios que nos ha ayudado a seguir
creciendo en nuestro portafolio de
soluciones nuevamente muchísimas gracias
a los panelistas que nos acompañaron en
esta mañana ya todos muchos empresarios
que tengan todos una feliz sangre
así es gracias muchas gracias a luego
que estén muy bien.