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Buenas tardes les habla marcela mendoza

el nombre de la cámara de comercio de

barranquilla reciban todos una cordial

bienvenida a este espacio virtual que

hemos propiciado pensando en el

bienestar de nuestros empresarios y

conscientes de la importancia de acoger

las medidas que se requieren para cuidar

de ustedes que son nuestra razón de ser

antes de iniciar nuestra jornada de hoy

queremos que sepan que la cámara de

comercio de barranquilla continuará

poniendo a su disposición cartas de

conocimiento y demás soluciones al

alcance de todos para que sigamos siendo

su aliado en la evolución de sus

negocios les invitamos a consultar

nuestra página web donde encontrarán la

programación de las próximas charlas

virtuales que vamos a estar realizando

especialmente para ustedes a

continuación le damos la bienvenida a

nuestro conferencista de hoy el señor

roger román sánchez quien es socio de la

firma rooselvet por bs a consultor en

materia tributaria de importantes

empresas de la zona norte de colombia

docente más de 200 horas de experiencia

como conferencista es contador público y

candidato al título de derecho

certificado en y frs pool

y frs para pymes por el isi

wv de londres inglaterra

hoy nos hablará sobre el nuevo beneficio

del estado por el cual se otorga

auxilios en el pago de la nómina al

finalizar de su intervención

estaremos enviando una encuesta que nos

permitirá conocer cómo ha sido su

experiencia valor valoramos mucho sus

respuestas porque con ella seguiremos

construyendo soluciones para nuestros

empresarios si tienen preguntas o

inquietudes solicitamos por favor

escribirlas en el buzón de preguntas

estaremos ofreciendo un tiempo al

finalizar para aclarar todas estas dudas

que se generen de esta actividad muchas

gracias a todos y nuevamente bienvenidos

los dejo con el señor freud

muy buenas tardes para todos buenas

tardes para ti y marcela buenas tardes

para ti fausto y en especial para hoy

todos los presentes que hasta ahora nos

convocan para hablar de un tema de mucho

interés siempre vas agradeciendo a la

cámara de comercio por su invitación

quiero antemano pues espero todos se

encuentren seguros todos cumpliendo las

normativas y los deberes obligatorios

lo dice el flyer hoy nos invita a hablar

de algo muy importante para nosotros que

tiene que ver con el nuevo programa de

apoyo al empleo formal que para nuestra

charla y para todos los respectos se ha

denominar el país

entonces sin más preámbulo quiero

comenzar hablando de este importante

decreto

antes de comenzar quiero recordar unas

cosas que son muy importantes para la

comprensión de toda esta charla y para

lo que venga a futuro hoy al final de

esta charla habrán muchísimas preguntas

que seguro alcanzaremos aclarar muchas

pero también será necesario advertir que

este decreto requiere otras aclaraciones

adicionales una de las grandes preguntas

las personas naturales hace alrededor de

una hora el ministro de hacienda acaba

de pronunciarse donde va a decir también

van a entrar las personas naturales lo

acaba de anunciar a través de la w radio

que va lenta las personas naturales

comerciantes que tengan más de tres

empleados pero ya lo veremos al final

entonces términos para esta charla

primero recordemos que nuevamente a

través del decreto 637 el gobierno

volvió a declarar el estado de

emergencia económica social y ecológica

y este nuevo término que arranca a

partir del 6 de mayo hasta el 6 de junio

nace con ocasión a que el gobierno tiene

que tomar nuevas medidas en materia

económica con ocasión a la contingencia

kobe y es nuevo y es que ahora el apoyo

viene para el sector empresarial

en el primer decreto pues para el apoyo

a la población más vulnerable y también

para tomar todas las medidas necesarias

y controles frente al tema de las

pandemias ahora viene son nuevos

decretos que tienen fuerza de ley esto

que quiere decir que no tiene que pasar

en ningún momento por el legislador para

que sea aprobado quiere decir que estos

decretos es como si fuéramos hablando de

una ley que se llama decretos

legislativos estos decretos legislativos

claros también tienen su control

constitucional que no realiza la corte

constitucional este decreto es

legislativo o esta parte discúlpeme ese

estado de emergencia económica irá hasta

el 6 de junio así que veremos este

decreto y muchos decretos adicionales

que seguramente contendrán beneficios

otro término importante recordar que la

emergencia sanitaria va hasta el 30 de

mayo y que hasta el último decreto casi

636 el aislamiento obligatorio hasta el

25 de mayo

ahora comenzemos para hablar del decreto

639 y cuando uno arranca

a estudiar cualquier decreto legislativo

o cualquier norma lo primero que uno

observa es sus considerandos y en los

considerandos vemos que tienen dos que

para mi concepto son crucial citar y uno

tiene que ver con el comunicado de

prensa del fondo monetario internacional

en el cual

es indica el fondo monetario si se debe

dar prioridad al apoyo al apoyo fiscal

de lo que es o focalizado a los hogares

que ya colombia lo lo comenzó a hacer y

ahorita también tiene que darle un apoyo

a las empresas que son las más

vulnerables con el fin de poder agilizar

la recuperación del año 2022 nótese que

ya se habla que el año 2020 pues va a

tener una contracción la economía y un

segundo elemento muy importante que

ellos traen es el tema de confecámaras

la encuesta en la encuesta ellos

establecen que más del 85% de los

empresarios han manifestado no tener

recursos más allá de dos meses pues

vemos que eso no solamente de pasar la

empresa creo que nos pasa absolutamente

a todas las personas naturales también

entonces lo que hay es hombres no todos

las empresas recursos para vivir más de

dos meses por ende después de estos dos

meses no habrá haciendo lugar a los

despidos masivos

en tal sentido y a partir de estos

considerandos salen decretos

legislativos 639 denominado vice este

pack significa o que es esto es un

decreto que es un programa de ayuda

estatal que tiene como objetivo proteger

el empleo formal nótese que habla del

empleo formal empleo formal es aquella

persona jurídica o persona natural que

tiene empleado una persona cumpliendo

todos los requisitos normativas

laborales que también tiene no está

afiliado a seguridad social

entonces primero es un programa de apoyo

estatal nótese que cuando nos habla de

apoyo estatal y nos dice que es un

aporte monetario es un aporte monetario

estatal para el pago de nómina y aquí lo

primero que podemos ver es que ya no a

diferencia de los votos beneficios han

sido cuando ocasión a ayudar a la

financiación de las empresas aquí ya no

se está buscando una financiación sino

un apoyo de manera directa del estado es

decir él

la ayuda en la colocación de estos

recursos y nos dicen que este apoyo

económico se va a realizar hasta por

tres ocasiones y estas tres vocaciones

va a ser por los meses de mayo junio y

julio que es la temporalidad de este

auxilio o también denominado corte

monetario en tal sentido esta

temporalidad o estados este apoyo sólo

va a ser por los meses de mayo junio y

julio y sólo para aquellas compañías que

accedieron a los beneficios de línea de

crédito para nómina pues poder

solicitarlo hasta el mes de agosto pero

en ningún momento va a ser superior a

tres veces el auxilio vuelvo y repito es

un aporte monetario que va el estado

para el pago de nóminas

2 que es un aporte que va a ser hasta

por tres veces iba a ser por los meses

de mayo junio y julio y sólo en casos

muy particulares va a ser hasta el mes

de agosto pero en ningún momento va a

superar tres veces el aporte monetario

y ahora la primera pregunta quiénes

pueden acceder a este beneficio al

beneficiario o ser beneficiario del país

podrán ser no te saca las personas

jurídicas

aquí de antemano ya quedó por fuera las

personas naturales que como lo acaba de

manifestar ahora en la mañana estamos

hablando hace media hora una hora acaba

de anunciar el ministro de hacienda

alberto carrasquilla que también va a

salir para las personas naturales pero

seguramente será en otro decreto

adicional y no será anís también nos

habla entonces que son personas

jurídicas que cumplan los siguientes

requisitos primer requisito y quiero

irme

quiero irme con uno de los más

importantes y el de carácter o objetivo

tener necesidad estatal de aporte

estatal y quiénes son los que tiene

necesidad de aporte estatal aquellas

personas jurídicas que hayan disminuido

su ingreso

en comparación de abril contra abril

2020 contra 2019 en un porcentaje igual

o superior al 20 por ciento y acá

nosotros lo primero que consideramos que

esto va a ser con base en los ingresos

de operación

en este caso va a ser lo que diga

contabilidad sin embargo y aquí quiero

hacer salvedad porque sé que a ganar

muchas pregunta al final está pendiente

de reglamentación y es necesario que

esto lo reglamente porque recordemos que

existen un gran número de viajes

económica en muchos sectores económicos

que su sistema reconocimiento de

ingresos es muy diferente al que uno

diría fue simplemente lo que ya factura

hoy ya no eso tiene una serie de aristas

que será necesario que entra a regularse

a través de un decreto reglamentario que

ya quedó establecido que será el

ministerio de hacienda que seguramente

estará saliendo entre el día de hoy a

más tardar el día viernes y estaremos

muy atentos a comunicarles este segundo

requisito el primer requisito haberse

constituido

antes del primero de enero el 2020 y

aquí cuando hablamos de esta

constitución recordemos que cuando uno

se constituye tiene que llevar la lata y

reinstalar ante cámara de comercio por

la fecha de constitución será la que

figura en el registro mercantil que es

el documento al registro y tonio que me

da oponibilidad ante terceros luego nos

dicen que además de estar constituidos

debemos obligatoriamente tener un

producto de depósito con un ente a

financiera debidamente reconocida y

vigilada por la superintendencia

financiera

en otras palabras tener una cuenta

bancaria una cuenta bancaria puede hacer

de ahorros podrá ser corriente podrá ser

una cuenta a través de una fiduciaria es

tener una cuenta de depósito y aquí pues

nos volviendo resalta el decreto no

entran las entidades estatales o

descentralizadas que el estado tenga una

participación superior al 50 por ciento

adicional esto nos pone en un requisito

muy importante y es que el segundo

requisito es que tengo que tener

registro mercantil y que debo estar

renovado por lo mínimo hasta el año 2019

recordemos que a través de un decreto

legislativo se aplazó la renovación de

se puede hacer la renovación del año

2020 hasta junio porque quiero que

tengamos muy claro eso se puede hacer

hasta junio aquí nos están hablando que

la renovación tiene que estar mínimo

hasta el año 2019 renovación recordemos

se hizo en el año 2019 sea decir el año

anterior de las empresas que no hayan

renovado con la invitación es renueven

de manera automática año 2019 y pues si

hay el exceso de recursos y la

posibilidad pues también de una vez

renueve el año 2020

ahora bien luego tenemos que hay una

gran cantidad de entidades que no tienen

que estar rebaja ante las cámaras de

comercio como son las entidades sin

ánimo de lucro estas entidades sin ánimo

de lucro

deberán a por en vez de aportar el

certificado existencia y representación

legal deberán adjuntar el registro único

tributario también llamado root este

root y aquí viene un tema de

interpretación que nosotros hoy tenemos

y hemos coincidido con muchos colegas es

que nos hablan de entidades sin amor yo

creo que aporté en el root donde

demuestra que son del régimen tributario

especial y cuando habla del régimen

tributario especial uno entenderá que

está hablando de la responsabilidad 04

que dice el régimen tributario especial

esto qué quiere decir

como esa solamente estaría entrando

fundaciones asociaciones y corporaciones

por ende estaría quedando por fuera las

iglesias por ejemplo que son entidades

no contribuyentes estaría quedando por

fuera los sindicatos estarían quedando

por fuera las propiedades horizontales

en este caso por ejemplo las comerciales

los centros comerciales aquí quiero

precisar que seguramente esto va a ser

objeto de aclaración en una de las

entrevistas que le hicieron al ministro

de hacienda y discúlpeme entender que

citar son estas entrevistas cabe

resaltar que estas entrevistas no son

fuentes auxiliares del derecho pero en

esta al manifiesto cuando le hacen esta

pregunta el manifesto de que va a

aclararlo con su equipo pero que la idea

inicial era que todas las entidades en

el mismo libro entrar pero hoy como está

el decreto no sólo está entrando la

fundación de las asociaciones

y las corporaciones tenemos el tercer

requisito que es un objetivo ya lo vimos

y lo vamos a englosar más adelante

tenemos un cuarto requisito y es no

haber recibido el aporte estatal forma

de tres ocasiones quiere éste esto va a

tener importancia por allá para los

meses de junio o agosto cuando ya la

compañía tal vez fue beneficiaria en

tres ocasiones de este beneficio pues no

puede nuevamente aspirar a un cuarto y

tenemos un quinto requisito es cuando no

tengas obligación a restituir el aporte

y aquí ya lo veremos más a fondo

adelante y aquí estamos obligados a

restituir el aporte cuando no utilizó

este aporte monetario para el pago de

nómina no lo utilizó o no cumplen lleno

de los requisitos y aún así recibí el

aporte o aporte unos documentos falsos

entonces como ya vimos no aplica para

personas naturales no aplica para

entidades estatales no aplica para

iglesias no aplica para

otras entidades de moscú como cruz roja

no aplica por ejemplo propia horizontal

que será necesario aclarar que aquí

quiero ser muy empático esto tendrá que

aclararlo el ministerio porque hoy para

mi concepto no está

ahora la pregunta cuánto es el valor del

aporte que vamos a recibir por el país y

acá tenemos que va a ser es a través de

una fórmula como sigue va a ser número

de empleados número de empleados

hasta el 40% en salario mínimo legal

vigente es decir hasta 26 siendo 15 será

el valor hasta 351 mil pesos para cerrar

valores el número de empleados hasta por

los 350 mil pesos pero la norma también

no define cuál es ese número y también

nos define que es empleado para efectos

del país y nos define para efecto del

país que un empleado es ya que quiero

mucha atención nos define que el país es

una persona natural dependiente

dependiente dependiente afiliado a

seguridad social

afiliado seguridad social que tiene un

ingreso base de cotización mínimo o por

lo mínimo o al menos el salario mínimo

legal vigente persona natural

dependiente

afilado a la pila y que esté por al

menos al menos esté cotizando por el

salario mínimo aquí también es muy

importante resaltar que en el mes de

postulación porque aquí surgían muchas

dudas cuando hablamos del mes de

postulación el mes 1 es mayo mes 1 es

mayo en mediapro fundación que es este

primer mes y en ese mes de postulación

la norma nos dice ojo en la postulación

que usted haga estos empleados que usted

va a postular no pueden tener novedades

como suspensión del contrato y licencia

no remunerada y aquí recoge muchas

preguntas que he tenido en estas charlas

que hemos dictado sobre esta materia y

él

tener muy presente que la suspensión de

contrato no me está hablando de abril

sino que me está hablando de match

entonces es que en mayo en mayo no puede

tener esta novedad de suspensión de

contrato ni de licencia no remunerada y

recordando que un empleado será

dependiente afinado a la pila y que

tengo un ingreso a base de cotización de

por lo mínimo el salario mínimo legal

dice luego nos dice cuánto es el número

de los empleados ya definimos que era un

empleador y está cuánto es el número la

norma nos habla de una fórmula muy

sencilla y nos dice el menor entre o sea

menor entre

el número de empleados

el número de empleados que está en pila

a febrero es decir el número de plazos

que que reportamos en la pila en febrero

que recordemos que se paga en marzo y

esto haya sentido en algo y es que si se

apila con la seguridad social se

entiende presentada cuando se paga y

quiero arrancar con eso

2

va a ser el menor entonces el que se ha

reportado en la pila de febrero que se

paga en marzo versus el número de

trabajadores que la persona jurídica

busca proteger o requiere con el auxilio

y aquí quiero citar un ejemplo muy

importante

para el mes de febrero

teníamos 200 trabajadores febrero y se

pagó la pila en marzo iba la compañía en

marcha con ocasionando el cob y la

empresa tuvo una reducción muy

importante en número de empleados y de

200 bajó a 100 empleados tenemos 100

empleados

de esos 100 empleados la compañía

proyecta que en mayo proyecta que le va

a suspender el contrato a 50 personas

elevar una licencia no remunerada

entonces si les va a suspender el

contrato o le embargó una licencia no

remunerada de 50 personas en tres

proyectos proteger apenas 50 cuando el

aspire su número de empleados van a ser

50 personas porque recordemos que vamos

a comprar 50 versus 200 cuales menor 50

ustedes va a ser número de empleados que

son 50 por hasta el valor del 40 por

ciento del salario mínimo y aquí quiero

mucha claridad es el número de

trabajadores que en mayo para el mes de

postulación se busca proteger y que no

puede tener estas novedades como

suspensión de contrato o licencia no

remunerada aquí han hecho también unas

preguntas muy importantes que tienen que

ver qué pasa con los que tienen

capacidad por ejemplo de 30 días

varios doctrinales consideran que estos

no se pueden aspirar al beneficio

particularmente también éstos serán es

necesario que el gobierno lo aclare en

lo particular yo considero que si

podrían entrar yo considero es una

exposición de la firma pero

particularmente considero que se pueden

dar porque la norma nunca hablo de eso

la norma sólo hablo de que tengan estas

dos novedad pero será algo necesario que

seguramente el ejecutivo el ministerio

entrará a aclarar

ahora bien ya hemos visto entonces que

es el pan ya hemos visto quienes se

pueden beneficiar

ya hemos visto cuánto es el valor del

aporte y cuánto puede aspirar una

compañía el aporte ahora vamos a ver

cómo nos podemos postular cómo podemos

hacer y aquí quiero ser muy enfático a

través de unos documentos públicos que

ha emitido el ministerio ha manifestado

que para arrancar a partir del día lunes

es decir el 18 de mayo y el 18 de mayo

es que se pongan las empresas postular

sin embargo hay algunas compañías que ya

han enviado en muy juiciosas todos sus

papeles sin embargo podrá pasar dos

cosas podrá pasar de que el banco le

diga o no lo necesito que lo haga bajo

estos documentos que sea son los

formularios establecido hágalo

nuevamente o no darle trámite a partir

del lunes a los documentos que ya

entonces procedimiento para postulación

por primera vez por primera vez decir

ahora imagen

primero estos documentos se van as

anexar o se van a solicitar ante la

entidad financiera donde se tenga el

depósito y puede ser que una empresa

tenga cinco cuentas bancarias aquí la

recomendación va a ser que utilice la

cuenta bancaria o el banco donde se

tiene el depósito es decir donde hace el

pago de nómina por la que hace el pago

de nómina entonces si tenemos los bancos

a bs de que resulta que yo pago la

nómina es por apuesta lo más prudente

será solicitarlo a través de a

voy donde a que es el banco la entidad

financiera ya como solicitante lo va a

hacer el representante legal el

representante legal va a ser una

solicitud formal esta solicitud formal

se espera que hay un formulario especial

para esto mientras sale pues en este

representante legal hará una solicitud

formal a la entidad financiera donde

manifiesta que desee acogerse al

beneficio del país y esta solicitud aquí

quiero que me sigan muy bien esta

solicitud que hará el representante

legal deberá anexar dos documentos tres

primero la solicitud que se presenta

antes para recordemos que esta solicitud

puede ser de manera virtual a través de

un correo electrónico

entonces esta solicitud va a tener

adjunta primero un certificado

existencia y representación legal hay

que comprarlo hasta después de la cámara

de comercio recordemos que la cámara de

comercios y la barranquilla tiene

habilitada la compra en línea si es una

sal es simplemente descargar el root

segundo debe adjuntar un certificado

firmado por representante legal y

revisor fiscal o contador cuando no

hubiera lugar

a tener revisión fiscal y este

certificado deberá contener tres

elementos o tres cosas que se certifican

y recordemos que fue una certificación

de partes donde firma tanto el

representante legal como firma el

revisor fiscal hubo contador si no

hubiera revisor fiscal o no hubiera

obligación a hecho

va a certificar el número de empleados

que se mantendrá y aquí quiero

manifestar algo para la administración y

tanto para el auditor sin revisar fiscal

aquí la administración debe de proyectar

y debe la administración debe proyectar

cuántos empleados considera que se van a

beneficiar o necesita que se beneficie

con el país entonces volvemos a mi mujer

no recordemos que habían 100 empleados

para mayor pero de los 100 tienen 50

empleados licencia no remunerada o

tienen suspensión de contrato estos

otros 50 son los que la administración

proyecta que van a ser los que se van a

beneficiar por el pago segundo deberá de

certificar si la compañía disminuyó en

este caso la persona jurídica disminuyó

sus ingresos en más de igual o superior

a un 20 por sus un 20 por ciento sus

ingresos entre el año 2000 entre abril y

abril

2020 versus abril del año 2019 pero se

dirá qué pasa si la compañía se

constituyó en agosto del año 2019 lo que

han dicho estas estos comunicados de

prensa de parte del ministerio es que se

tendrá que comparar contra enero y

contra febrero

en tal orden el tercer lo tercero que se

deberá certificar el que estos recursos

van a ser utilizados exclusivamente para

atender el pago de salarios y esto no se

puede destinar ni para el pago arriendo

esto no se puede generar para el pago de

obligaciones financieras esto sólo se

puede destinar para el pago de nómina es

por ello la importancia de la

certificación y yo sé que sobre esto

pudiésemos andar mucho sobre todo para

los auditores para referirse a los

contadores y también tanto para la

empresa de representante legal éstas

traen certificados tienen que estar muy

bien justificado tiene que estar bien

justificado cuanto se proyectan el

empleado validar que si se haya cumplido

la disminución del ingreso y también

dejar claro que esto se va a utilizar

únicamente para el pago de nómina

una vez entregados estos documentos aquí

quiero también hacer otra aclaración

el país oeste auxilia este aporte

económico lo recibe la persona jurídica

para el pago de nómina esto no quiere

decir que ahorita el empleado le va va a

devengar más es decir si el empleado

devenga un millón de pesos lo que va a

pasar es que la persona jurídica en este

caso el de empleador que recibe el

aporte económico recibe vamos a poner un

valor cerrado 350 mil no es que el

empleado se vaya a ganar 1.350.000 no es

que de ese millón esos 350 mil pesos va

a ayudar para pagar ese millón de pesos

y los otros 750 mil nos pondrá el

empleador eso es algo muy novedoso que

vemos por primera vez en el estado que

está dando estos auxilios los aportes

económicos a las personas jurídicas

luego tenemos ya un proceso interno para

la entidad financiera y es que una vez

recibido estos documentos

la entidad financiera debe validar que

estén completos que es que estén

completos pues que haya juntado el

certificado existencia y representación

recordemos que usualmente los

certificados se gusta que no sean

superior a un mes pues va a ser muy

importante pues expedir los nuevamente

dos pues va a validar que la persona que

hace la solicitud del representante

legal concuerde con el que está en el

certificado representación legal y

también va a validar pues que está a

punto el certificado que acabamos de

hablar luego de que el banco tiene esta

información deberá informar al aunque pp

pues que esta persona jurídica se está

postulando a la afp como lo decía está

pendiente de reglamentación y de que

salga y aquí hubo esto andando un modelo

de certificado pero el ministerio de

hacienda salió a publicar de que este

documento era falso muchos me incluyo lo

compartimos creyendo que era pues un

documento de buena fe de alguien pero

era una facebook así que no ha salido el

documento oficial

el instructivo muy seguramente muy bien

repito saldrá de aquí al viernes

posiblemente o cuando terminemos está

esta charla vamos a hacer que haya en

ese mismo momento esté saliendo ahora

bien recordemos qué

el auge pp obviamente hallaron con un

control con esto y haya sentido en la

medida de que si no llevase un control

pues uno diría si uno tiene cinco bancos

by los piden cinco bancos entonces eso

va a ser como la el control que que va a

tener entre los bancos también se está

pendiente que se reglamente cómo va a

ser ese esa interacción del banco con la

afp

y quiero recalcar una vez postulados

cuando usted se postula es decir usted

llena la solicitud

usted acepta las condiciones del auxilio

y ya recordemos cuáles son las

condiciones del auxilio que una vez

recibes auxilios solo es para el pago de

nómina muy importante que es una

condición más importante y 2 en usted

postularse o llegar a estos papeles no

quiere decir que usted vaya a ser un

beneficiario no habría lugar a que no

pero no puede usted diligenciar esto

quiere decir que sea beneficiario porque

como lo dijimos al inicio puede ser que

usted sea una por ejemplo una persona

natural pues usted se postuló como

persona natural pero no puede pasar

por otra parte el ministerio de

hacienda- va a establecer cuál va a ser

el procedimiento que tendrán que hacer

las entidades financieras por ello digo

que se habló que arranca a partir del 18

de mayo estas postulaciones también va a

definir cuáles van a ser los plazos para

cumplir pues todos estos requisitos y

cuándo van a ser el pago aporte lo que

han dicho vuelvo y repito no sirve como

fuente de derecho pero lo que se ha

dicho a través de entrevistas del

ministerio es que los pagos o el primer

pago del país se estaría haciendo a

finales de mayo es decir que la próxima

semana se nos postulamos todos y al

final de la última semana decir la

cuarta semana de mayo estarían llegando

los recursos

ahora

si lo vamos a solicitar por segunda vez

es decir ya no en mayo sino que estamos

en el mes de junio en el mes de junio

deberemos además de adicionar estos

documentos que ya vimos que la solicitud

que es el certificado existencia y

representación y que es el certificado

de firma por el contrario al realizar

fiscal deberemos adjuntar un

cuarto documento

discurso

debemos adjuntar un cuarto documento y

este cuarto documento es una

certificación del representante legal y

revisor fiscal del contador si no

hubiera lugar hasta aterrorizar fiscal

donde se manifiesta que el uso de los

recursos que se recibieron en mayo se

utilizó para el pago de nómina y aquí va

a ser muy importante que además de que

se destinó para el pago de nómina se

tiene que confrontar de que haya sido el

número de las nóminas que se proyecto

qué quiere decir eso

que si en mayo recibimos los recursos

voy a poner un ejemplo recibimos un

auxilio por tres millones quinientos que

representan diez empleados pues se

entenderá que el pago de nómina yo le

pagué mínimo y que cumplirán los

requisitos fueron diez empleados si

fueron ocho tendremos que restituir el

aporte y ya lo veremos a profundidad y

también nos piden un quinto documento

ojo eso es cuando estamos en junio ya

recibimos el aporte inicial ya estamos

en el mes de junio y vamos a solicitar

el aporte el aporte monetario para el

mes de junio y en el mes de junio si por

ejemplo tenemos lugar lugar a restituir

el aporte aquí nos indica que la entidad

financiera tendrá que certificar de que

usted devolvió el aporte por ejemplo

esas dos personas que gustan final no

tuvo como beneficiaria entonces ese

certificado lo tendrá que hacer es el

banco

una pregunta muy importante cuando estoy

obligado a restituir el aporte estatal

vamos a estar obligado a la restitución

del aporte estatal cuando primero

recibía el dinero obviamente en todos

los casos busca recibió el dinero

recibía el dinero o el aporte monetario

y no lo utilice para el pago de salario

sino que lo estime para el pago del

arriendo lo decide para el pago

obligación financiera y nunca pague la

nómina al final a todos los puse a nadie

le pague porque pues tan pronto llegó el

dinero lo que hizo fue pagar el arriendo

de ahí tengo que devolver el aporte el

aporte municipal

2

haber recibido el aporte no cumpliendo

los requisitos un ejemplo de esto cual

es recibir los dos recibir el aporte

monetario pero resulta de que en el mes

de mayo yo dije que iba a postular 50

empleados pero al final lo postulen

ninguno es decir todos los empleados los

suspendía el contrato de trabajo les

dile sin ser licencia no remunerada

entre ya no cumplen los requisitos pues

tengo que devolver el dinero en este

caso lo tengo que volver a la entidad

financiera pues que me lo depósito

tercero

se compruebe que hay falsedad de los

documentos y está que se compre la

falsedad de los documentos tiene que ver

es por ejemplo que el certificado de

ingresos estaba errado la empresa nunca

disminuyó sus ingresos simplemente fue

una falsedad del certificado una

falsedad por ejemplo que la compañía

y tenía empleados la empresa ni tenía

empleadas y participó y le devolvieron

el dinero y certificó algo que era falso

y ahí tienen que tener tenemos que tener

mucho cuidado porque ya lo veremos más

adelante eso pues en unas condiciones

muy serias para la empresa y cuarto el

beneficiario manifieste que el aporte

que residuos fue superior al valor

utilizado era lo que deberían aquí

pueden pasar dos cosas por ejemplo

solicite 50 empleados y leer en un

aporte para ser empleado pero venga año

apenas solicite 50 tengo que ver el

aporte todos yo lo solicite para 50 y

porque recordemos que el tema laboral es

muy variado puede ser que no al final

pues mayo siguió siendo un mes muy

difícil no logramos reactivar no si de

esos 50 empleados que yo proyecte pero

con suspender el contrato o han licencia

no remuneratorias a 25 entonces yo al

final no cumple el requisito entonces

tengo que

ese aporte monetario eso es muy

importante o puede ser de que yo estaba

tramitando con el banco a pero el banco

al no se agilizó el proceso y yo fui tan

menor ingrese por el vancouver y resultó

que banco hay banco debe consignar pues

debo devolver el aporte de mero en

exceso

hasta ahí pues hemos visto unos temas

muy interesantes del decreto

vamos viendo lo siguiente

artículo que tiene que ver con otras

características muy importantes del

decreto

primero que el pago de este aporte

monetario o este subsidio a las nóminas

va a ser de manera mensual quiere decir

que empieza a pagar mayor tienes que

volver a aspirar en junio y tienes que

volver a aspirar en julio y te darán

hasta máximo en tres ocasiones el aporte

monetario dentro de la temporalidad que

ya vimos podría ser hasta agosto sólo

aquellos que hayan tenido líneas de

crédito en las nóminas

tenemos un segundo con una segunda

característica que es que el ministerio

de hacienda pues realizará los convenios

por las entidades financieras eso está

pues pendiente a ser reglamentado vuelvo

y repito seguro esta semana ya se están

colocando software tenemos un tercer

aspecto que esto aplica es para el banco

que la que estos recursos van a estar

exentos del gravamen al movimiento

financiero en el servicio de dispersión

es decir cuando el banco comienza a

consignar por el banco no va a no va

lugar a gravamen al movimiento

financiero y también las comisiones

bancarias que cobrará el banco por los

servicios de dispersión del país van a

estar excluidas de iva pero ojo eso es

para la entidad financiera para la

entidad bancaria y este me parece una

característica fundamental y es la

inembargabilidad de los recursos del

país puede ser que una empresa tenga el

depósito de cuenta bancaria donde paga

nómina y hoy le está tocando pagar en

efectivo porque toda la cuenta está

embargada por la dian por acreedores

bueno por entidad financiera una vez

depositado estos recursos que no van a

ser embargables

y ningún acreedor o sea que es algo muy

positivo porque recordemos que este

dinero una vez llegue a la cuenta

bancaria si tiene que se tiene que

utilizar para el pago de nómina y aquí

quiero también precisar algo

no es embargable para la persona

jurídica pero la persona natural es

decir los empleados que han autorizado

descuentos o que tienen embargo si le

van a proceder los embargos o los

descuentos esto qué quiere decir voy a

poner un ejemplo sencillo la persona

devengo un millón de pesos

y se le paga una vez al mes resulta de

que de ese millón de pesos tiene

embargado aunque eso tiene una

limitación hasta el 70 pero quiero aquí

exagerar y es de ese millón de pesos se

han embargado del 90 por ciento el

salario sólo reciben 100 mil pesos

porque lo que tiene son por ejemplo

descuentos anticipados en el pie hombres

paguen anticipada y solamente reciben

100 mil pesos el empleado no puede decir

no es que a mí se me tiene que dar 350

mil por lo mínimo no porque los

descuentos y le siguen corriendo al

empleado aquí también una pregunta muy

frecuente también aplican los pagos de

nómina en efectivo claro lo que aquí

está pasando es que usted va a recibir

el dinero del país no tiene

obligatoriamente que recibir en una

cuenta bancaria y en esa cuenta bancaria

pero se pudiese retirar ese dinero y

pagar en efectivo aquí va a ser muy

importante tener el debido soporte xxxix

de pago fue hacer lo más importante

demostrar que se pagó y que se utilizó

para el pago de nómina sin embargo la

recomendación va a ser

ocáriz ate y paga

por el sistema financiero pues

recordemos que es mucho más práctico los

empleados recordemos que hay que buscar

es atender las medidas de aislamiento y

el último o el quinto es característica

importante es que aquí se busca de que

todo esto sea promovido a través de

medios virtuales es decir que todo se

haga de manera electrónica todo este

proceso que de esa manera electrónica y

quiere decir que no necesariamente

quiere el banco seguramente cada entidad

financiera suya le va a decir cómo va a

ser el procedimiento que va a adecuar

pues todo eso tiene que ha aclarado esta

semana para que pronto no se afanen

ahora mismo a decir no vamos a mandar

los papeles dando válida el primero que

cumplan todos los requisitos hagan los

certificados que tengan los todos muy

bien soportados por oyentes

por oyentes cuántos empleados esperanzas

tener por el mes de mayo ya hoy pues

recordemos que que ya vamos

prácticamente hoy ex 13 de mayo y ya

esta fecha pues vamos a saber cuánta

empleados vamos a sostener hoy

podemos proyectar listo

quien va a fiscalizar esto quién lo va a

revisar todos los procesos de

fiscalización los va a adelantar la unge

pp que la unidad de gestión para fiscal

y de pensión

entonces recordemos que va a ser la afp

el ente fiscalizador recordemos que está

siendo un ente muy cuestionado porque

por sus procedimientos a veces salen de

los contextos legales o también son muy

fuertes frente a sus comunicados del gpp

va a ser el ente fiscalizador y le han

dicho basta fiscalizar a partir del año

2021 y la misión o la fiscalización va a

ser que tendrás que verificar el

cumplimiento de los requisitos y cuáles

requisitos pues los requisitos van a ser

cumplir todos los requisitos cuales son

cumplir todos los requisitos haber

disminuido el ingreso ser persona

jurídica tener cuenta depósito bancario

haber pagado la nómina

segundo que va a realizar de que no haya

fraude no haya falsedad el documento que

ya vamos a ver las sanciones que podemos

tener ahí y tercero baja válida de que

se haya utilizado para el pago en domina

o sea que aquí va a ser muy importante

que este país esté y tenga la

trazabilidad si recibe 3.500.000 nómina

que costaba de hornillos de 4 está

soportado que yo la pagué y utiliza el

recurso del país para el pago de la

nómina

y eso es lo que a risa a la afp

recordemos que aquí la dian no va a ser

el ente fiscalizador sino que la dian le

va para ver a la información financiera

a la afp por ejemplo qué información le

va a proveer la dian daniela proveen

información sobre los ingresos o sea que

las personas jurídicas por ejemplo que

declaran auto retención en la cuenta

especial auto retención en renta

especial que se paga de manera mensual

la dian ya saben cuánto fue el ingreso

ya sabe el ingreso de abril y pues va a

ser muy fácil con para los contabilice

del año pasado así que si usted no

cumple los requisitos de ingreso pues

desde ya tenga presente que no vaya a

arriesgarse porque la fiscalización va a

ser muy sencilla y recordemos que aquí

hablamos de ingresos y no de ricado

mucha gente por ejemplo desarrolla es

que yo he facturado con el disminuido mi

facturación en problemas que no me paga

vamos a esperar que dice el decreto pero

seguramente va a hablar de los ingresos

de operación y cuáles son los ingresos

no facturado o los que se preste un

servicio o en donde hubo la

transferencia de los mismos en el caso

de los bienes

qué sanciones van a haber entonces van a

ver pueden haber tres tipos van a ver

tres tipos de es acción penal

disciplinaria y fiscal

y penal para que sea penal lo que ha

manifestado este decreto es que tanto

los documentos como los recursos es

decir los recursos que reciban del país

van a tener naturaleza pública o sea que

si usted por ejemplo utilizó los

recursos del país para pagar el arriendo

y no pagó la nómina pues podemos estar

frente a una acción penal en el caso de

por ejemplo que nos retiramos de la

corte o que aún así restituidos pues

pudiésemos tener algún problema ahí así

que tengan mucho cuidado de no ir a

tener problemas de índole penal para el

siguiente año porque podemos tener ese

desespero pero no valga la pena y les

quiero poner una una anécdota

un cliente me llama y me dice rollo el

por favor revisemos de forma rápida este

tema y efectivamente el día el día

viernes en la noche que salió este

decreto con el sábado el sábado ya

estábamos realizando este decreto y él

tiene casi 500 empleados y revisando

este este decreto él disminuyó el

ingreso en un 16 por ciento

entonces al final pues fue la fue

lastimoso porque llegábamos un 16%

revisamos por un lado de que los

ingresos efectivamente se hubieran

prestado que hubiera habido

transferencia de bienes

y al final no se llegó hace 20% entonces

el cliente

pues puede cesar y aclarar de que no

podíamos hacerlo porque el primero no

podemos certificar algo que no es y dos

sería tener un proceso penal un año

siguiente entonces recordemos que esos

procesos penales pues son recordemos que

nos adelantaría por el ente acusador que

la fiscalía y yo soy seguro que nadie

quiere tener un proceso penal en

siguiente año después de pasado esta

situación de emergencia

no tenemos disciplinarias por ejemplo en

los contadores de o realizar esos

fiscales pues podrán ser denunciados

ante la junta central de contadores

después de iniciar procesos donde pueden

perder pues su tarjeta profesional y

también tenemos en materia fiscal han

establecido de que en los procedimientos

que se van a adelantar van a ser

conforme al estatuto tributario o sea

que aquí por ejemplo nos van a aplicar

las sanciones de por ejemplo de

inexactitud por devolución quiere decir

que por ejemplo si a mí me hicieron una

corte del país por 10 millones pero

detectaron que era falsedad en documento

la sanción será el 100% o sea que

tendrían que devolver 100 millones y 90

millones mã los intereses de mora así

que pues deberemos de tener mucho

cuidado con este tema pues que dé tanta

relevancia porque el sistema de

fiscalización va a ser mundial hoy no lo

veremos pero mañana o el próximo año

qué pregunta nos quedan pues ya a las

personas naturales hoy el ministro acaba

de hablar de que si van a entrar lo que

ha dicho el vuelvo y repito no es fuente

derecho no lo podemos utilizar pero pero

vale la pena informar lo tengo bien la

doble un radio dijo que si van a estar

las persona tura les que tengan hasta

tres empleados seguramente aquí va a

pasar que van a encontrar los que están

en el registro mercantil ante cámara de

comercio lo cual particularmente

consideró sigue siendo inexequible

porque por ejemplo si yo soy un tendero

soy comerciante y tal vez el único que

está en seguridad social soy yo

a mí no me pueden desconocer también

tengo derecho a recibir el auxilio es

que yo también me he visto afectado así

que pues si hablan de tres empleados

creo que también puede tener problemas

con inexequibilidad así que pues tendrá

que ser el ministerio muy cuidadoso con

ello que preguntas también nos queda si

definitivamente caron por fuera las

iglesias quedaron por fuera los

sindicatos quedaron por fuera las

propias horizontales de carácter mixta o

comerciales

y eso es una pregunta muy importante

porque recordemos que esto también

genera un volumen muy importante empleo

por ahí la conferencia episcopal que

después parte de la iglesia católica ya

aseguró está haciendo los acercamientos

la ph que es representada por el gremio

de los centros comerciales ya está

haciendo acercamientos es muy

seguramente lo que hoy yo les estoy

diciendo estas preguntas que en aclaran

en el transcurso de esta semana me

disculpo y no puedes aclarar esto porque

no hay una hoy la base que tenemos el

decreto legislativo y el secreto

legislativo en su forma de reaccionar

está dejando por fuera una tercera

pregunta y es qué pasa con los ingresos

gravados en renta existe perdón si este

ingreso es gravado en rentas y este

ingreso y canals ocasional se está

ingresando constitutivo de renta o

ganancia ocasional pues aquí la primera

es que la forma como recibe esta fortuna

entendería que es un ingreso canal

profesional sin embargo para mí

seguramente podrá salir otro decreto en

el cual establece que esto es un ingreso

no constitutiva renta niegas ocasional

pues no tendría sentido

el mismo aporte monetario general está

así me lo grava en renta me lograría el

30 por ciento pues no habría sentido que

seguramente hoy para mi concepto sería

ganancia ocasional pero deberemos

esperar posteriormente si sale otro

decreto legislativo en el cual informe

que son un ingreso no constitutivo de

renta o de ganancia ocasional o es una

renta exenta etcétera también en falta

que nos aclare qué pasa con es por

ejemplo si tenemos incapacidades

permanentes qué pasa si el empleado

renunció el 29 mayo

y obviamente en la final sale con eso

uno entendería es que no tengo por qué

devolver el aporte pero creo que serán

cosas muy importantes a aclarar

qué falta por reglamentar falta por

reglamentar la forma de disminución del

ingreso cuál será la metodología para

calcular abril contra abril o abril

contra enero y marzo del año 2020 enero

y febrero del año 2006 faltar a ese

reglamento vuelvo y repito seguro

sangran el transcurso esta semana

2 la uve pp va a establecer un

formulario de solicitud también

esperamos salga en transcurso esta

semana

falta que definan cuáles van a ser los

plazos y las fechas de desembolso ya el

ministerio anunció vuelve y digo no es

fuente derecho pero anunció a través de

prensa de que será a finales de mayo que

haga este pago y las solicitudes

arrancan harán a partir del 18 de mayo

también falta que reglamente cómo va a

ser el proceso de fiscalización de la

oje pp falta que también reglamente cómo

va a ser el procedimiento de las

entidades financieras que son puede

elementos muy importantes

y como siempre esta frase que es una de

la frase favorita mía por estos días y

él siempre recordarles quién sobreviven

no es el más fuerte ni el más

inteligente sino el que mejor se adaptan

campo y aquí no hablo de reinventar sino

de saber nos adaptar

se quede a ver muchísimas muchísimas

preguntas de verdad espero esta charla

les haya dado un gran conocimiento un

gran entendimiento este decreto miren

que era un decreto corte y bueno nos

llevó casi una hora a hablarlo o sea que

no terminó siendo tan sencillo y pues

creo que será necesario marcela a todo n

plazas y pasamos a responder las

preguntas

y roger por supuesto tenemos muchísimas

preguntas he tratado como de reunir las

que se parecen entre ellas como por

ejemplo qué pasa con las empresas de sus

colaboradores pertenecen a empleo

empresas de empleos temporales pueden

recibir este beneficio muy buena

pregunta en principio las que están a

través de temporales no porque

recordemos que quien tiene porque quien

lo tiene afiliado a la seguridad social

en la empresa temporal entonces sería la

empresa temporal la que tiene que

balears y puede acceder a esto en un

nuevo y repito no es fuente derecho pero

en uno de los comunicados donde las

entrevistas el ministro dice así se

puede pero para mi concepto no se puede

obviamente también eso será objeto de

aclaración porque quien tiene afiliado a

los empleados en la temporal no es la

persona jurídica sino que es otra

empresa y será esta empresa la que los

tiene que permita

ok preguntan sobre el valor del subsidio

se debe pagar seguridad social

no recordemos que bajó él recordemos que

el subsidio no es un mayor devengo para

el empleado uno de los requisitos como

lo vimos

es el empleado

no tenga estas novedades es decir que no

tenga la novedad ni de suspensión de

contacto ni de licencia no remunerada

eso no es una mayor remuneración yo les

ponía el ejemplo si el devengo millón de

pesos yo debo de cotizar seguridad

social por lo menos un salario mínimo o

podrá ser inferior a entonces como es

cotizar mi nivel se inferior a un

salario no puede cotizar un nivel sea

inferior al mínimo tendrá que ser al

menos ese valor es que podrá recibir el

país esto no es un mayor devengo con

empleados y el cienciano millones que

ahorita sea ganar un millón para 150.000

no se siguen devengando un millón

perfecto el señor álvaro araújo pregunta

quisiera saber si este decreto aplica

para empresas de servicios públicos que

si bien no han reducido su facturación

el recaudo

se ha reducido en un 30% el doctor alva

respectivamente también le aplica a las

personas jurídicas de que en este caso

se llama la empresa de servicio público

entre los prestadores de este servicio

si bien es cierto no se han visto

afectados y no han parado en operación

entonces aquí si no cumple el requisito

del 20% no podrá acceder aquí pues todos

los comunicados han dicho ingresos de

operación de segura tendrán que ser

ingresos de operación pues seguramente

no salen cambios con taylor y me

diferencia en cambio valores que son

simplemente fluctuación es abril versos

abril si no disminuyó el 20 por ciento

por utilidad acceder porque lo que

consideramos que se llama necesidad de

aporte estatal

y el señor roberto aquí la pregunta el

subsidio aplica para empleos nuevos o

solo para la nómina que venía desde más

muy buena pregunta aquí no nos están

hablando de pepito discúlpame de pepito

estaba en la nómina de febrero y en

frente ya los a pepito sino que está

alma no aquí nos hablan simplemente el

número que proyecta proteger así que si

puede ser empleado nuevo aquí lo

importante va a ser cumplir todos estos

requisitos que acabamos de ver puede ser

que él en abril a la empresa tuvo que

hacer lastimosamente determinación de

contactos laborales pero en mayo volvió

otra vez a contratar nuevo personal

entonces si él cumple ese requisito a

pesar de que los empleos son nuevos

puede acceder al beneficio también

y si hay empleados que salgan de

licencia no remunerada aplica cuando se

reintegren

sí pero tendrían que no pueden tener

esta novedad en el mes de mayo tal vez

la tuvieron en abril pero este mayo de

pronto él decidió hombres que tengan el

salario mínimo yo le tengo una licencia

no remunerada y aún así le doy auxilio

de 350 mil pesos pues ya con ese auxilio

uno diría no ahorita sí voy a dejarlo y

voy a levantar ese otro sí que

seguramente tiene el contrato de

licencia no remunerada perdón suspenden

de esa licencia y pues obviamente recibe

los 350 mil pero recordemos que él

tendrá que pagar pues también en

diferencia para llegar al salario 1000

es lo mínimo por el par también tendrá

que cotizar

y bueno esta es una pregunta bastante

particular acá

preguntan si son personas naturales cómo

hacen para recibir el beneficio

hoy el decreto las escuchó hoy la

persona natural no puede acceder a este

beneficio

es algo lamentable recordemos que hoy

les acaba de comentar que en una

entrevista en la w radio el ministro de

hacienda manifestó que si van a sacar el

programa para las personas naturales

pero que máximo tengan mínimo tengan

tres empleados eso fue lo que diré no

considero que esto pues no podrá ser así

porque también hay que incluir a los

independientes que también se han visto

afectado y también contra el mundo a

salvo y pensión también pagan impuestos

como cualquier otro colombiano así que

seguramente esto pues será sal de un

decreto legislativo próximamente pero

hoy no pueden acceder

y una vez que haya reglamentado el

decreto de la ugp donde se puede

descargar este formulario

este formulario recordemos que tenemos

que siempre consultar en las páginas

oficiales porque podemos consultar en la

página de la ocde pp es buscar en google

los de pepe en la página de la

presidencia y en la página del

ministerio de hacienda y seguramente los

bancos también darán difusión de esto

tan pronto salga estoy seguro que eso

será una cadena de whatsapp

una persona pregunta que si el auxilio

lo pueden aspirar en junio y julio no en

mayo y claro discúlpame aclaró la última

esas son las fuentes oficiales donde

pueden descargar el formulario hoy no ha

salido pero como les comento seguramente

habrá mucha difusión de este tan pronto

este pero se podrá descargar en la

página de la opep ee se podrá descargar

en la página del ministerio de hacienda

a la página de presidencia y una página

especial que sacaron que llama regiones

puntocom puntocom

la segunda pregunta me la repite es que

p de marcela

ay

acorde ya me dispuse me presenté y

establece a solicitar en junio y julio

ninguna si es posible que la afectación

de la compañía en abril no llegó al 20

sino que llegó un 15 pero en mayo es

posible que la afectación si superó más

de un 20 por ciento es decir mayo contra

mayo entonces en junio como ya cumple el

requisito por ejemplo en mayo podrá

solicitar este beneficio o podrá también

pasar de que en mayo él tomó la decisión

de suspender todos los contactos de

trabajo y a pesar de que disminuyó su

ingreso tomó la decisión de seguir por

los contactos suspendidos y dijo mejor

que aspiró en junio que en junio podrá

aspirar

y contrató a nuevas personas para el mes

de junio puede subir en el número de las

nuevas contrataciones

me repite fotones por favor

si contratas nuevas personas para el mes

de junio puedes subir en el número de

las nuevas contrataciones

sí claro pero recordemos que la base de

comparación va a ser pobre jamás podrá

ser superior a febrero quiere decir esto

que recordemos quizás el menor entre

febrero y pues el número de empleados

que es pero entonces por ejemplo si yo

tenía 50 en mayo pero yo reporte en

planilla 100 personas en febrero y

supongamos que en junio dios permita la

empresa nuevamente sube pero sube a 150

empleados y aún así sigue con y también

tiene que cumplir que haya un niño de su

ingreso vamos a suponer que ‘no cumple

no podrá aspirar a más de 100 porque es

lo que declaró en la pila de pobreza

las empresas que han firmado otros y al

contrario para descontar el 40 por

ciento de los salarios mínimos con

pretexto de la posterior devolución a

través del auxilio no están violando un

derecho constitucional o laboral al

trabajador

muy buena pregunta recordemos que no

quiero

no quiero estar hablar del derecho

laboral porque será objeto tacharla pero

por equis o ye razón suspendieron el

contrato de trabajo y gana dominio para

que pueda acceder a este beneficio la

persona natural tiene que en mayo

volverá a devengar por lo mínimo un

salario mínimo es decir no puede ser de

que se reactiva el contrato entonces el

empleador diga no que yo tenga 150.000

por el estado y lo demandó no hay que

pagar todo el salario es decir que será

mínimo el salario mínimo

respecto como debo certificar que el

dinero se pagó en nómina y qué pasa hace

un contrato se vence a finales de mayo

muy buena pregunta para mi concepto si

el contrato vence por ejemplo a finales

de mayo porque ese término fijo pero el

recurso se utilizó para el pago de la

nómina para mi concepto no habría lugar

a restitución en primera medida o

canarias

2 con la la pregunta sí

entendía que si termina en mayo las

personas que más avanzan o escuchan

cómo debo certificar el dinero que se

pagó en nómina

y qué pasa si un contrato se vence a

finales de mayo super muy buena pregunta

tú ya respondimos la primera y la

segunda más responde la primera en la

primera como demuestro que pague pues

recordemos que si yo pago pues por

transferencia bancaria y por ejemplo yo

pago los 15 o los 30 pues será tener

soporte de los pagos de nómina y es

validar que se haya pagado en la nómina

no necesariamente que coge los los

proyectos y recibos 30 millones bueno es

que yo tenga con los 30 millones

directos con el pago no es él es mayor

soporte será que yo pague la nómina

porque recordemos que este dinero entra

en una bolsa de la cuenta bancaria la

compañía pero aquí va a ser muy

importante demostrar que la nómina si se

pagó y ese va a ser el soporte del

soporte de pago que será la

transferencia bancaria o el recibo de

pago etcétera

tenemos tiempo para una pregunta más un

arroyo y claro que yo creo que podemos

hacer varias y son tres y media yo creo

que podemos hacer realmente esas charlas

de hora y media podemos hacer solucionar

las temas pues vamos a ver acá en el mes

de mayo se le vence el contrato a los

empleados para el certificado en donde

se dice que en el mes de mayo se le

vence el contrato a dos empleados para

el certificado en donde se dice cuántos

empleados se van a beneficiar se puede

decir en la certificación sin tener en

cuenta a estos dos empleados es una muy

buena pregunta

para mi concepto aquí valga la pena

saber por ejemplo dice que no lo dice el

decreto no es claro la realidad no nos

de temple a una respuesta para ello pero

lo que puedo sugerir de lo siguiente

y el contrato por ejemplo termina el 29

mayo obviamente gozo gran parte de mayo

no entendería que podrían gozar del

beneficio pero por ejemplo si ya la

terminación del contrato fue el 10 de

mayo no para mi concepto no pudiese

aspirar pero repito no no está claro ese

punto así que no es una sugerencia que

doy pero no no está claro ese punto en

el decreto

el abc de min hacienda indica que la

condición de la disminución de ingresos

puede tomarse de una de estas formas 1

abril 19 abril y del 2019 contra abril

del 2020 o enero febrero y marzo del

2020 contra abril del 2020 podría

aclarar esta inconsistencia vale es

importante resaltar que cuando salió ese

comunicado de prensa o es a veces hay

gente que creo en sangre que no había

salió este decreto

y lo que uno entendería entonces es que

aquí yo comparo si yo me constituir por

ejemplo antes de abril del año 2020 pero

si yo me constituida antes de abril del

año 2020 pues aquí será muy importante

que acá será muy importante se lo debo

comparar es contra este no contra y no

contener o ni febrero ni marzo es decir

es decir

yo soy una persona jurídica que me

constituyo en el año 2017 en ese sentido

yo debo de comparar ese abril del 2020

contra abril del 2019

pero si yo soy una persona jurídica que

me constituí na goza el 2019

pues si debe comparar a abril contra

enero y febrero sin embargo el buen

ratito pues será necesario tener el

decreto reglamentario que nos defina

esta posición que hoy yo le estoy

diciendo pero pues la sana

interpretación no entendería esto valga

la pena reitera falta el decreto

reglamentario

hay muchas preguntas que se parecen

anteriores que esta respuesta pero la

respuesta pero la voy a volver a leer

buenas tardes en el mes de abril y mayo

hubo empleados que tuvieron vacaciones

aplican como el número de empleados

activos para la solicitud de subsidio

claro recordemos que acá es que no

tengan

no tengan estas condiciones por ejemplo

puede ser que en mayo yo no voy a

beneficiar a 50 empleados pero esto se

encuentra en es de vacaciones no hay

problema pueden ingresar porque la norma

habló que en la postulación no pueden

tener son están novedades de licencia no

remunerada y suspensión de contacto en

un cable de vacación y recordemos no

tomamos en cuenta abril es para match

en abril del 2020 mis ventas bajaron en

un 12 por ciento con relación a abril

del 2019 pero si en junio en julio

aumentó aumentó mis ventas nuevamente el

promedio mensual aplicaría este

beneficio para esos meses nota t que la

respuesta él nos está indicando que

abrir contra abril apenas disminuyó un

12 por ciento o sea que él no puede

aspirar pero si en mayo y en junio por

ejemplo si reduce más de un 20 equipos

de aspira en lo que no entiende si

pudiese aspirar

y en el mes de abril tuvimos empleados

de vacaciones sin embargo la planta de

personal en mayo se ha mantenido puedo

acceder al subsidio sí claro

recordemos nuevamente lo importante es

que cuando se haya pues los empleados

que se haya postular en mayo no tengan

estas estas novedades que suspensión del

contrato y licencia no remunerada

sigo leyendo

buenas tardes y la empresa ha reducido

la jornada laboral a la mitad y por ende

reduce en un porcentaje y salario porque

no hay cabida de trabajo para este tipo

de operaciones ya se agotó lava y para

este tipo de operaciones y ya hago todas

las vacaciones anticipadas pero su

seguridad social y ha pagado el 100 por

ciento podríamos aplicar este subsidio y

tener la oportunidad de eliminar

rápidamente la reducción de salario

aunque jornada

si la empresa ha reducido la jornada

laboral a la mitad y por eso se reduce

un porcentaje en el salario porque como

no hay que había trabajo eso lo que

entiendo es que es si se redujo la

cantidad de horas laborales a la mitad

pueden tener oportunidad recibir el

subsidio muy buena pregunta que si lo

pueden recibir siempre y cuando cumplan

esta red ese requisito que el ingreso

base de cotización sea por lo mínimo el

salario mínimo

en todo caso el empleado al final habrá

que pagar el mínimo voy a poner de

ejemplo

la persona o el empleado tiene un

devengo de 2 millones de pesos pero le

reduce la jornada laboral al 50% es

decir pasa de ganarse no de devengar

siguen devengando 2 millones lo que pasa

que como apenas trabaja su jornada

laboral es el 50% entre te vendo un

millón

si se miran el ingreso hace de

cotización sigue siendo un mínimo

entonces al pse le pagaras un millón de

pesos que obviamente el auxilio ayudará

a pagar en 350 mil pesos

y el subsidio aplica para aprenderse

escena en etapa productiva

es muy buena pregunta voy a decirles

y que aquí hay dos líneas muy

interesantes con los aprendices zen

creo que aquí será discúlpeme que se

desarrolle tantas respuestas las han

dado que serán es claro que las aclaren

si ustedes me expulsan pero será

necesario porque el decreto deja muchos

vacíos

para mi concepto

y si pudiesen entrar los

los aprendices cenas bajos que teoría

la norma habla de dependientes la norma

nunca habló empleados los que define el

código sustantivo laboral porque ese que

sea que haya abogados laboralistas dirán

hombres que en los aprendices son un

contrato de aprendizaje que no está

regulado en el código sustantivo laboral

son muy cierto el aprendiz en a es un

contrato sugiere de un contacto especial

que pues por o por ley se tiene que

cumplir lo que una denomina puertas pena

entonces no encaja como en la definición

de empleado el código sustantivo laboral

pero aquí la aquí el decreto si fue

prudente y definió que era un empleado y

entre la función dijo que era un

dependiente y estas personas y puestos

pasantes usualmente y tienen que tener

pues la cotización diverse porque puede

pagar por lo mínimo la la salud y la r

así que en principio yo diría si se

podría en principio lo diría

valdrá la pena esperar a ver si aquí al

viernes hay una aclaración sobre ese

punto pero en mi primera tesis de la

interpretación sistemática que uno le

hace a esto al secreto uno entendería

que si bajo la definición de

dependientes

porque miren que ellos también están

apilados a la pila también que vive ese

mínimo que es el salario mínimo

perfecto preguntan si el beneficio

aplicaría para jardines infantiles

si es persona jurídica por supuesto

también si son colegios todas las

personas jurídicas porque las personas

jurídicas es un mundo gigante y las

personas jurídicas pueden estar pueden

tener registro mercantil por ejemplo

puede estar inscrita en la cámara de

comercio pero puede ser que algunos

colegios están registrados ante las

gobernaciones huesos pues si es una

fundación por ejemplo y tiene su

registro único de notario dice que

régimen tributario especial podrá

aplicar el beneficio claro que sí y

claro deberá cumplir los demás

requisitos que es disminuir pues el

ingreso de más de un 20%

qué pasa si mi empresa está bancarizada

es decir tiene una cuenta de ahorros

pero los pagos de nómina los realizó en

efectivo que soporte puede manejar para

validar si se hace el respectivo pago no

aquí pues recordemos que se paga en

nómina el perdón se paga en efectivo

pedimos son los soportes de recibo de

pago muy importante pues el egreso

indebido comprobante que esté firmado

hay empresas que por ejemplo pagan con

cheque al primer beneficiario o cheques

que permiten ser endosados pasivas es

muy importante que en el egreso esté la

huella y sello el empleado demuestra que

pago sapos a que en el año 2021 si la

ugp hicieron proceso de fiscalización

conservamos así mire hechos y pague mi

nómina y aquí está mi soporte aquí

también egresó aquí está el recibido de

satisfacción del empleado el dinero pero

la recomendación mayor va a ser no

tratar de hacer el pago a la videncia de

financiera

punto la base de cotización para el pago

de los aportes de la seguridad social

del mes de mayo se toma como base del

valor del salario normal oeste debe

excluirse el valor del auxilio tan

grande no es un mayor devengo para el

empleado es un aporte monetario para la

persona jurídica esto no cambia en nada

el salario del empleado no cambia nada

su relación laboral aquí está pasando

que aquí está el empleado y aquí está la

persona jurídica que el estado le da un

dinero a esta persona jurídica para

ayudarle a pagarle a esta empleada no es

que al empleado le hayan subido el

salario no sigue devengando lo mismo

y acabo de terminar con las preguntas

que estaban en el vamos a revisar las

que están en el cuadrito de chat las

propiedades horizontales con ingresos

mixtos entran también se incumplen los

requisitos sobre los ingresos gravados

como arriendos lastimosamente no ingresa

la propiedad horizontal porque no

ingresa

la norma habla de que tiene que ser una

entidad sin ánimo de lucro y que deberá

aportar el root y en el root debe

indicar que es régimen tributario

especial el estatuto tributario en su

artículo 19 dice quiénes son régimen

tributario especial es decir todo el

artículo 19 del régimen tributario

especial pero el 19-5 dice que la propia

horizontal

debe declarar como un régimen ordinario

eso qué quiere decir que en el root no

va a salir por ningún lado de que el

régimen tributario especial al no decir

que es un régimen tributario especial y

tampoco puede sostener un certificado

existencia y representación legales ante

la cámara de comercio sino que esa zona

ante la alcaldía son de carácter civil

no podría ingresar al beneficio del

padre hoy sé que hay una asociación muy

importante de los centros comerciales ya

están haciendo la gestión ante ante el

ministerio de hacienda para que esto sea

claro pero valdrá la pena decirles que

hoy así como está el decreto delineado

no estaría para la pena que salga algún

documento algún decreto reglamentario

que haya hombre cuando decimos entidad

sin ánimo no estamos hablando de de

todas las personas jurídicas de carácter

civil como propia horizontal como

iglesias como sindicatos como la cruz

roja todas como cooperativas entonces

valga la pena pues que que salga este

documento para que no haya duda alguna

de que si puede estar pero hoy

en la interpretación que hacemos no en

farías

revisando y creo que ya las preguntas

han sido ya les han dado respuesta a

muchas preguntas que nos están haciendo

también sigo validando acá en el buzón

de preguntas que ya están 210 la

actividad ha sido muy interesante porque

ellos van preguntando y los mismos

participantes van dando como las

respuestas que de alguna forma ya ellos

tenían conocimiento la información que

tú nos has compartido en esta tarde de

hoy

en el segundo

muchos preguntan sobre las memorias las

memorias las enviaremos a su correo

electrónico

muy importante resaltar que estas

memorias no van a contener los decretos

reglamentarios que esperamos antanas y

que es muy importante dar estas

presentaciones con fecha del 13 de mayo

perfecto bueno yo creo que ya hasta el

momento hemos resuelto todas las

inquietudes ahora que escriben otra vez

que escribe muy rápido no me dejan

capturarla los ingresos de hoy hay un

momento

voy a responder esa marcela que me gustó

una de las últimas preguntas dice existe

un mínimo o máximo empleado beneficiar

claro un mínimo es uno y máximo no tiene

no tiene límite

esto

no alcanzo a leerlas porque escriben voy

a ver el curso

en el chat cuando por él

de preguntas es más fácil se aplica para

empleados pensionados se aplica para

empleados pensionados y es decir yo soy

hoy hoy en roma por ejemplo ella está

pensionado claro en 50 años pero ya soy

pensionada pero fuera de ello también

soy empleado ejemplo ejemplo de una

persona jurídica una empresa y esta

empresa puede aplicar el país y claro

roger romana es un empleado también

puede entrar como beneficiario el país a

pesar de que ya esté pensionados o no

tiene nada que ver lo como

me preguntan cómo se manejan los

contratos por prestación de servicios

recordemos que estos quedan por fuera

cuando dicen dependientes y una de las

grandes características que tienen de

contacto de prestación de servicios que

son de carácter independiente por ende

los prestadores de servicio no ingresa

según ha dicho el ministerio esto es

también más en unos beneficios

posteriormente no sabemos cuándo pero se

espera que antes del 6 de junio pues

hagan todas las medidas reglamentarias

ser prestación de servicio no entran en

el país

me preguntan los ingresos comparado con

el 100% soledad sobre la base paterna

autorreflexión

y sobre usted vale esa pregunta sobre

las temporales ésta tiene una base

especial para el cálculo del iva no hay

que esperar cómo sale el decreto

reglamentario que irá sobre esas que

tiene una base especial creería yo que

no van a sentarse con un astrolabio

creería yo en principio hay que esperar

el efecto reglamentario

buenos materiales a echarla carlos

enviar

seguimos con tiempo para más preguntas y

yo creo que podemos aprovecharla hasta

las 3 para aclaradas porque sé que hay

muchas dudas

la idea es poder aclarar las que macua

más y que estén dentro de nuestro

alcance

estamos en el tanto preguntas me gusta

mucho esta pregunta si soy representante

legal y una persona y personal y hago

mis aportes como empleado tengo derecho

claro si tú eres una persona jurídica

que una persona y personal y a su vez

también eres empleado de esa empresa

jurídica o de tu empresa

si eres empleado y cumple todos los

requisitos que acabamos de ver claro

también pudieses tener ese beneficio

acá tenemos una pregunta que dice en el

tema de la facturación de los

prestadores de servicios por ejemplo en

la salud en el sector de salud se

entraría a revisar la fecha de

prestación del servicio facturado

teniendo en cuenta que muchas veces no

se factura en el mismo mes prestado el

servicio muy buena pregunta aquí esto no

lo va a decir el decreto reglamentario

recordemos que cuando nos hablan del

decreto dice que esto va a ser

reglamentado por el ministerio a 100 por

el ministerio de hacienda pero cuando

uno le dice en ingreso y uno se va a la

técnica contable que sería la norma

especializada en esta materia en los

ingresos se reconocen cuando se presta

el servicio se recibe a satisfacción

recordemos entonces que una clínica o

una ips debe reconocer sus ingresos no

por facturación sino por cuando este

servicio se ha prestado así que

seguramente esta va a ser la base con la

cual deberán de trabajar obviamente ya

abril del año 2019 ya está cerrado y tal

cual como está así que pero fue en 2020

recordemos que los ingresos deben de

reconocer no por factura sino por cuando

se presta el servicio o si son bienes

cuando hay transferencia de riesgos los

que son el grupo 2 en dispar activos

la dian como validará el pago mínimo de

la dian como válida de la información de

los ingresos de una sal

en este caso

no tendría respuesta como puede ser el

proceso de fiscalización para una sal

particularmente porque esa nuestra

obligada pues a declarar la auto

retención no no te sabría decir porque

como la puede validar seguramente es

utilizar los datos de la declaración de

renta y el auditor poder dividir este en

12 ya suena al técnica de fiscalización

interna pero no te sabría respuesta de

hecho

una pregunta muy aquí en el chat dice

hola el tema de los bancos no quieren

recibir los documentos entendí que era a

partir del 18 de mayo después de venir

mandos que ya a partir del 18 de mayo lo

ha dicho en un comunicado de prensa del

ministerio de hacienda que ese sí es un

documento de efecto oficial entonces ha

dicho que a partir del 18 mayo es que se

comenzará a tramitar en muchos clientes

me han llamado y me han dicho reyes que

ya todos los demás amigos lo enviaron

pero traté en balcón de raro que te lo

haya recibido y a partir del 18 que la

invitación tengamos todo listo el

viernes y el día lunes estamos pasando

esto para que salgamos beneficiarios de

este auxilio que me parece un gran

auxilio antes de que termine el mes de

mayo

porque tampoco han dicho hasta cuando yo

puedo radicar los papeles que nos han

dicho que a partir del 18 de mayo no nos

ha dicho hasta cuándo

los fondos de empleados perdonan

y preguntan si los fondos de empleados

también van a ser el beneficiario de

este auxilio recordemos que los fondos

de empleados son personas jurídicas que

no son no son dignos son

no son declarantes del impostor no son

contribuyentes del impuesto de renta no

están bajo el régimen tributario

especial y si no están bajo el artículo

19

si me ayuda cuando preguntan qué están

creyendo acá abajo

nos vimos

[Música]

nos preguntan buenas tardes un asa

pequeña al certificar el firmado por

contar público claro esto es una

certificación de partes donde firmar el

representante legal y de formar o de

firmar un contador en este caso si la

compañía no está obligada a tener

revisor fiscal pues lo firmará luego

repito un contador si está obligado a

aterrizar fiscal lo firmará el revisor

fiscal en conjunto con el representante

legal

preguntan si las cooperativas aplican es

muy buena pregunta para mi concepto no

recuerdo ahora decidirse las de uno

estoy seguro no estoy seguro de la

respuesta porque si en la en el registro

en el rut aparece el régimen tributario

especial si pudiesen acceder las

cooperativas ya que las cooperativas

están dentro del artículo 19 del

estatuto tributario ellas tienen un

régimen de presentación especial pero no

recuerdo y no estoy seguro la realidad

excúsenme sí sí en el gustarle la

responsabilidad 04 si sale la

responsabilidad si son beneficiarios

totalmente

una empresa multinacional mexicana con

cámara de comercio tiene derecho es muy

buena pregunta porque recordemos que

nuestro código de comercio establece una

dualidad internacional y es que las

sucursales internacionales no tienen

registro mercantil en colombia lo que

tiene son un lo que puedes registrar es

el establecimiento de comercio así que

ahí no dentro de los requisitos nos

hablan que hablas del registro mercantil

que tiene que estar renueva mínimo al

año 2019 recordemos que estás lo que

tienen es un establecimiento de comercio

permanente en colombres y que vino en la

primera en la primera media no

entendería déjenos pero estas compañías

también claramente tienen que ser

beneficiarios

el señor carlos me dice que no le quedó

claro si para acceder al apoyo es

necesario como mínimo solo pagar aportes

sobre el salario mínimo legal vigente

sino también que se pague o desembolse

el salario mínimo legal vigente lo que

hablamos si yo en la pila reportó yo en

la pila reportó que la persona tiene un

nivel un ingreso accede cotización del

salario mínimo puedes entender a jesús’

devengo también es del mínimo por ende

pues el valor que se tendrá que pagarle

a su empleado

algo

hola

roger se detuvo tu cámara no tenemos

audio

hola

rolando nos escuchas

creo que tenemos en este momento

problemas con el internet del señor

roger regreso hasta aquí

vamos con la última pregunta que tenemos

para poder aclarar otras preguntas que

tenemos si mis ingresos operacionales en

la cooperativa del 2019 y en abril 20 no

disminuyeron pero creo que eso ya lo

habíamos libro que pasa que se inició

todos nuevamente

discúlpame que en el año

qué pasa en una novedad de licencia de

maternidad

esto es muy buena pregunta es la

licencia de maternidad para conocer todo

a la persona en ningún momento se le ha

cancelado el contrato no tiene ni la

novedad de licencia no remunerada ni

tiene el aliciente la novedad de

de suspensión de contrato y la norma

habló sólo estas dos novedades nunca

habló de las demás novedades entendería

un entonces que pudiese acceder sin

embargo recordemos que esta licencia de

maternidad a quien paga la peso por ende

uno diría en principio que si se puede

mantener en cuenta como repito en ese

punto también valdrá la pena una

aclaración de parte del ministerio

en caso de tener una persona de servicio

general es vinculada por siete días al

mes

y así se cancela su seguridad social

también puede postular a esta persona no

porque su vive ese debe ser mínimo en

salar min

contablemente donde debemos llevar el

dinero de un ingreso o un gasto

muy buena pregunta para delante contable

lo primero es que esto es un ingreso por

subvención cuando hablamos de ingresos

por subvención son ingresos aportes

monetarios que entrega al estado que

están sujetos a una condición cuál es la

condición amos pagar la nómina y cumplir

los demás requisitos es primero cuando

recibe el dinero si tiene registrar es

como un pasivo cuando se cumple la

condición sea llevar un ingreso que este

ingreso según la política contable que

tenga la compañía prix primero para mi

concepto será un ingreso no otros

ingresos no es un ingreso de operación o

como también otros podrán considerar de

afectar y disminuir el gasto de nómina

pero particularmente es ese en tiene que

entender como un apoyo gubernamental y

por ende pues era comprender como un

ingreso de la operación

si tengo un contrato con el distrito y a

la fecha no he recibido ingresos por

este contrato esto me representa una

disminución con respecto a abril 19

puedo acceder a este auxilio pero no sé

si en la pregunta que nos hace el doctor

jorge jorge y hace referencia a persona

jurídica o actitud no natural se hace

referencia que es a título natural es

decir por oferta natural no podrá

acceder porque como ya dijimos en

secreto no contempla las personas

naturales

pienso que ya hemos terminado con estas

inquietudes señor roger

igual a todos los participantes si

tienen alguna inquietud algunas

preguntas podemos dirigirla al correo

electrónico del señor fausto eusse que

en un momento no las estará escribiendo

en el chat

y vamos a ver que ahora aquí hay otra

nueva pregunta una empresa que se

constituyó en el 2016 pero inició

facturación en el mes de julio de 2019

puede solicitar que se compare enero

marzo 2020 versus abril 2020

tendrá que ser de esa manera porque ese

decreto reglamentario que esperamos

tenga que aclarar ese punto porque tiene

todo el sentido de lo que el doctor

freddy está preguntando y es que puede

ser una compañía que en una constructora

y obviamente esta constructora en el mes

de marzo de abril perdón del año

metiendo tu ingreso entonces uno

entenderá de que para el mes de abril no

pues no tendrá sentido comparar abril

contra abril porque puedes pagar cero y

que pues que es inferior a hacer nada

entonces

para mi concepto tendrá sentido lo que

sean por frei se tendrá que comprar

fontanero y contagio

esto yo creo que hemos cumplido la

agenda de marcela

así que marcela creo que ya fausto a la

cámara de comercio a todos los que

habían asistieron espero que esta

presentación haya sido del agrado de

todos haya aclarado todas las

inquietudes que ustedes tienen que

estaremos aquí para posteriormente si

salen los decretos de reglamentar y

después todos usted en cambios más

importantes nuevamente al parecer esta

charla si está bien considera la cámara

de comercio y diciéndole de verdad que

muchas gracias a todos muchas gracias al

señor roger por su presentación por

compartirnos todo esto conocido encuesta

tarde esperamos que todas sus

inquietudes hayan quedado resueltas

de ser así podemos inscribir al correo

electrónico de fs a cámara baja punto o

lg puntocom y a través de ésta podemos

canalizar todas sus inquietudes

nos reinventamos para seguir apoyándonos

en la evolución de sus negocios con el

fin de seguir enriqueciendo nuestro

portafolio de soluciones recuerda

responder la pequeña encuesta para

nosotros es muy valiosa su opinión y es

la manera que tenemos de recibir su

retroalimentación al tiempo que

aprovechamos de este espacio para tener

a nuestra en trance información que nos

sirve insumo para compartirles el

material de apoyo

muchas gracias por habernos acompañado

en este espacio de conocimiento que la

cámara de comercio de barranquilla ha

dispuesto para ustedes nuestros

empresarios que son nuestra razón de ser

hasta pronto ya luego hasta luego roger

muchísimas gracias.