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Estimados empresarios,

La Cámara de Comercio de Barranquilla se permite informar que, con ocasión de la expedición de la Ordenanza número 000449 de marzo 18 de 2019 expedida por la Asamblea Departamental del Atlántico, publicada en la Gaceta No. 8358 del 22 de marzo de 2019, se modificó la regulación de la Estampilla Pro Desarrollo Departamental.

En consecuencia, a partir del día 17 de julio de 2019, nuestra Entidad efectuará el recaudo que genera la Estampilla Pro-Desarrollo Departamental, tomando como base la actividad de validación y expedición de la liquidación oficial del impuesto de registro, sobre los actos, contratos o negocios jurídicos documentales que de conformidad con las disposiciones legales, deban registrarse.

Por lo anterior, en los actos con cuantía, sobre la base de la liquidación oficial, se efectuará el recaudo del 0.3% por concepto de la Estampilla Pro-Desarrollo Departamental, adicional al impuesto de Registro.

En relación con los actos sin cuantía, sobre la  base de la liquidación oficial se efectuará el recaudo de un (1) día de Salario mínimo legal vigente , equivalente a la suma de $27.600, adicional al impuesto de Registro

El Impuesto de Registro y la Estampilla Pro-Desarrollo Departamental corresponden a valores que recauda la Gobernación del Atlántico,  en virtud de lo ordenado en el Estatuto Tributario del Departamento del Atlántico.

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