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clic aquíLey de transparencia
La Cámaras de Comercio tienen un régimen privado de contratación, por lo tanto, no están obligadas a publicar esta información. Su sistema de contratación está amparado por el principio de la autonomía de la voluntad privada y regulado por el régimen jurídico institucional establecido en los Estatutos, la Política de Contratación y en lo aplicable, en la legislación civil y comercial.