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Registro Mercantil (1931)

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Como un hecho trascendental en la historia de todas las Cámaras de Comercio del país, el Gobierno nacional expide la Ley 28 de 1931 la cual hizo obligatoria la inscripción de todo comerciante, industrial, agente, comisionista y representante de casas extranjeras y de las sociedades, es decir crea el REGISTRO PUBLICO DE COMERCIO, y delega la aplicación de la Ley en las Cámaras de Comercio.

Creó además, a los “afiliados” a las Cámaras de Comercio, entre los cuales se establecerían elecciones para la conformación de las juntas directivas. Este acto jurídico permitió y ha permitido a través de la historia que las Cámaras de Comercio tengan control estadístico de la cobertura empresarial y además cuenten con recursos para invertir en el avance de sus respectivas ciudades. El Registro Mercantil también ha permitido el fortalecimiento institucional, haciendo de la CCB una entidad sólida, respetada y considerada una de las más eficientes del país al servicio de sus matriculados y afiliados.

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